Hola en el dia de la fecha me hicieron una consulta...un atrajador camino al trabajo en bicicleta lo chocó otra bici, llego al trabajo y el capataz le curó la mano,pero dos horas después tenía la rodilla inflmada, fué a la clínica y está bajo tratamiento, una semana después lo llaman a la casa y de la ART y le nombran el art.22 del dec. 491/97, el explicó lo sucedido en el viaje pero como no tiene testigos tiene miedo que no le crean.Como se podría proteger?Muchas gracias.