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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #102773  por touche
 
Hola en el dia de la fecha me hicieron una consulta...un atrajador camino al trabajo en bicicleta lo chocó otra bici, llego al trabajo y el capataz le curó la mano,pero dos horas después tenía la rodilla inflmada, fué a la clínica y está bajo tratamiento, una semana después lo llaman a la casa y de la ART y le nombran el art.22 del dec. 491/97, el explicó lo sucedido en el viaje pero como no tiene testigos tiene miedo que no le crean.Como se podría proteger?Muchas gracias.

 #102808  por MORGAN
 
Diciendo la verdad. No se a que te referís.