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  • Nuevo Patrocinio - Código de í‰tica

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 #103227  por jahbulon
 
Estimados colegas:
Una amiga se cansó de las demoras de su letrado patrocinante porque desde que presentó la demanda pasó casi un año y no dio traslado de la misma en forma correcta.
La cuestión es que yo le aconsejé que le explique los motivos por los cuales desea dejar de ser representada por el mismo y eventualmente presente una renuncia al patrocinio.
Desde ya... el letrado no le contesta más el telefono (a pesar de que según ella la conversación fue super cordial y estaba de acuerdo en renunciar al patrocinio) y no le devuelve las llamadas.
El tema es que quiere encargarme el caso pero no quiero violar el código de ética del CPACF (creo que es el art. 4 u 8).
Mi pregunta es: ¿es válido como estrategia decirle a mi amiga que le mande una CD mencionando los motivos e intimandolo a devolver en 48 la documentación original y constancias de la causa que posea? ¿se puede realizar la misma bajo apercibimiento de una acción por daños y perjuicios? (creo que notificar al colegio de abogados es muy agresivo.... no deseo empezar a ejercer con ese tipo de CD...uds que opinan?)
Por otro lado, sería interesante que la demanda tuviese unos cambios... como no hubo notificación de la misma aún estaba pensando en desistir la acción y presentar una nueva.... eso si....prescribe en marzo y por eso el apuro (podemos discutir la prescripción porque se inicio y se sorteo juzgado, pero no quiero dejar ni la posibilidad de que la puedan oponer).
Un abrazo y espero las respuestas con ansiedad.
pd: Acabo de mandar un mensaje al Webmaster para ver si se puede abrir un foro nuevo para las cuestiones y dudas que se refieran al codigo de etica del CPACF.

 #103364  por Sailaw
 
Pero no!!!!, basta una comunicación fehaciente revocando el patrocinio o el mandato por telegrama o CD, y se acabó.

 #103411  por jahbulon
 
Sailaw escribió:Pero no!!!!, basta una comunicación fehaciente revocando el patrocinio o el mandato por telegrama o CD, y se acabó.
Estoy totalmente de acuerdo con eso. La cuestión es que no quiero tener problemas con el ex-patrocinante.
Muchas gracias Sailaw!, vengo siguiendo tus respuestas en otros foros de las cuales muchas me han sido muy útiles.
Saludos!.

 #103448  por Sailaw
 
Primero y principal, la comunicación la envia el cliente, luego de ella el nuevo abogado patrocinante se puede presentar en autos, y no existe ninguna infracción al código de ética.

Es sencillo, luego de la revocación la parte se queda sin abogado, y es su derecho elegir a quien se le da la gana.

 #103449  por Sailaw
 
Si no está trabada la litis, podes hacer las modificaciones que quieras. Logico que no se contradigan con la demanda presentada de origen.

 #103450  por jahbulon
 
Exactamente justo lo que pensaba!! :D muchas gracias Sailaw. Realmente necesitaba estar seguro 100%. Te lo agradezco.