la verdad no tengo ni la menor idea, lo que si he visto hasta ahora es que las que han dado de baja es porque le figuran aportes de rel de dep o de at o mt, nunca he visto ni escuchado un caso que se lo den de baja por el motivo que comentas
CasiProfesional escribió:Buenas Tardes! tengo una duda sobre las pensiones por invalidez...DE DONDE OBTUVO EL DINERO PARA ADQUIRIR EL AUTO? LO HEREDO?, SI NO LO HEREDO , FALSEO LA DD.JJ. , YA QUE UNOS D E LOS REQUISITOS ES NO CONTAR CON INGRESOS NI RECURSOS, NO CREO QUE LO COMPRO CON LO QUE COBRA DE LA PENSION Y POR OTRO LADO COMO HACE PARA MANTENERLO, PATENTE, SEGURO , COMBUSTIBLE, ESTA DEMOSTRANDO QUE TIENE INGRESOS Y RECURSOS
el decreto reglamentario (432/97) exige como requisito para solicitar el beneficio "No poseer bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia."
mi duda es, una vez otorgada la pensión, si la persona adquiere bienes, por ejemplo, inscribe un auto en el registro a su nombre, se le puede revocar el beneficio? o los requisitos son únicamente para la admisión?
Desde ya gracias!
YO TE DIRIA QUE NO LO INSCRIBA A SU NOMBRE, NO SE SI HAY CRUZAMIENTO PERO POR LAS DUDAS