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  • Apelacion en prov. -visitas

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 #1009083  por solosol
 
Recién hablé con un colega y me dejo re desorientada, yo no hago provincia y me dice que no puedo apelar un régimen de visitas fijado por una jueza de Lomas, Leí el código y yo no veo ninguna prohibición. Por favor, alguien me puede decir si yo estoy en lo cierto o estoy loca jajaja?
 #1009095  por solosol
 
hola, gracias por contestarme.
Dice que no se puede apelar por que no hay apelación de una sentencia de visitas, que no hay cámara de apelaciones para eso. Me parece que divago mal. Me puse re nerviosa por que dije, en que me estoy equivocando tanto yo!!!!?
Lei bien el código y no hay prohibición. y las Camaras existen en Lomas de Zamora.
Me dice que como son tribunales no se puede apelar.
 #1009128  por Squonk
 
Pero esos tribunales colegiados a los que se refiere tu colega, ahora se convirtieron en juzgados unipersonales
 #1009140  por solosol
 
por eso no entiendo.Yo estimo que si puedo apelar una sentencia que fije un régimen de visitas.
Estoy viendo legislación y en algunos casos van a la Corte.Realmente estoy desorientadisima.
 #1009244  por Squonk
 
Te transcribo el art.852:

ARTICULO 852. Recursos. En lo pertinente, rigen las disposiciones del artículo 494, y las del Libro I, Título IV, Capítulo IV y Capítulo V de este Código. El recurso tramitará y será resuelto por una Sala especializada en materia de Familia, integrada a las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en la forma que la Ley Orgánica del Poder Judicial establecerá.
 #1009273  por santiheladero
 
El tema es q no todos los tribunales de familia ya son juzgados. Moron sigue siendo tribunal de familia los 3, si litigaras alli, la sentencia no la pode apelar.
 #1031604  por luzye007
 
AUnque haya pasado tiempo, seria bueno que cuentes qué hiciste y cómo te fue?
Ahora además está la figura del abogado del niño, sin reglamentacion, y las salas especializadas en derecho de familia siguen ausentes...