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 #104270  por jesica231185
 
Hola, mi consulta es la siguiente. El sabado firme un contrato para ir a trabajar como promotora a Peru. El contrato es entre la agencia de promociones argentina conmigo. Esta agencia fue contratada por otra tambien argentina, y esa fue contratada por la agencia de Peru. El asunto es que hoy me llamaron y me dijeron que se suspende el viaje. Puedo reclamar alguna indemnizacion? Yo por este viaje habia rechazado otra oferta laboral. Quizas eso ayude. Espero una respuesta. Gracias!!!

El contrato es el siguiente:

Se hace saber a las promotoras que han aceptado cumplir con la promoción contratada para cumplir en un balneario en Rincón Hermoso, sito la Republica del Perú, lo siguiente:

1.-Periodo comprendido. El contrato se deberá cumplir entre el 13 de febrero y el 31 de marzo de 2008. La partida de Buenos Aires será el 13 de febrero de 2008 y el regreso a la misma el 31 de marzo de 2008.

2.-Días de trabajo: Deberán cumplir las tareas única y exclusivamente los días JUEVES, VIERNES Y SABADOS en el horario de 22,00 a 04,00 horas.
Quedando expresamente vedado a las promotoras, en el marco de su contrato de trabajo, desempeñar cualquier tarea fuera de los días y horarios encomendados. En caso de incumplirse esta cláusula se entiende que la promotora ha decidido realizar servicios por su exclusiva cuenta y riesgo al margen del ámbito del contrato de trabajo que la une con esta empresa, disponiendo a y utilizando su tiempo libre no comprendido en la carga diaria y horaria comprometida por el presente.

3.-SALARIO: La promotora recibirá por su desempeño desde el 13/02/08 hasta el 31/03/08 en el marco de la promoción a cumplirse en la Republica del Perú, la suma de Pesos tres mil ochocientos, más viáticos y gastos de vivienda y comida.

4.-Se les hace saber ante cualquier eventualidad –enfermedad o accidente- que ha sido contratada extensión de riesgos del trabajo para labor fuera del país con la empresa Liberty S.A domicilio ciudad......teléfono.........., debiéndose invocar la póliza Nº................-

5.-La promotora que viajase y luego no cumpliera debidamente sus prestaciones en la forma debida que prescriben los arts.....de la LCT o decida regresar a Argentina sin justa causa antes de finalizada su labor, deberá restituir a la empresa el costo de los pasaje y los viáticos y gastos no consumidos.

6.-Para cualquier circunstancia que deban comunicar a la empresa deberán llamar a los teléfonos ...... con cobro revertido.

Recibo un ejemplar del presente y quedo notificada prestando conformidad con todo lo expuesto.

 #104465  por DAL
 
Hay una norma que consagra una indemnización por extincion del contrato de trabajo antes del inicio de la prestación de tareas.
Sin embargo con tu situación y ese contrato firmado, el caso se puede encuadrar de algunas otras formas (para lo cual hay que charlar con vos, ver todos los temas, etc).
Por eso te aconsejo que veas a un profesional abogado, llevandole por supuesto este documento y todo lo que tengas.
Saludos!!!