Estimados foristas:
Me surgio una duda.
Con respecto a las licencias por enfermed inculpables, esta claro que las mismas son PAGAS por 3, 6, 9 o 12 meses, segun la antitguedad del trabajador y segun tenga o no cargas de familia. Pasado ese plazo en cada caso, corre la reserva de puesto, SIN GOCE DE SUELDO, por un año.
Ahora bien, la duda: vamos a enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
1-¿En estos casos siempre la licencia es de un año?
2-Pasado el año, si el trabajador aun no puede volver a trabajar: ¿le siguen pagando el sueldo o entra en reserva de puesto sin goce de sueldo?
3-En caso de que le sigan pagando: ¿cual es limite temporal? (alguno limite tiene que haber)
4-El trabajador con ILPermanenteProvisoria recibe pagos mensuales? (como si estuviera con ILT)?
Desde ya muchas gracias. Como veran me hice un lio con las enfermedades profesionales.
Saludos
Me surgio una duda.
Con respecto a las licencias por enfermed inculpables, esta claro que las mismas son PAGAS por 3, 6, 9 o 12 meses, segun la antitguedad del trabajador y segun tenga o no cargas de familia. Pasado ese plazo en cada caso, corre la reserva de puesto, SIN GOCE DE SUELDO, por un año.
Ahora bien, la duda: vamos a enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.
1-¿En estos casos siempre la licencia es de un año?
2-Pasado el año, si el trabajador aun no puede volver a trabajar: ¿le siguen pagando el sueldo o entra en reserva de puesto sin goce de sueldo?
3-En caso de que le sigan pagando: ¿cual es limite temporal? (alguno limite tiene que haber)
4-El trabajador con ILPermanenteProvisoria recibe pagos mensuales? (como si estuviera con ILT)?
Desde ya muchas gracias. Como veran me hice un lio con las enfermedades profesionales.

Saludos