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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1011708  por jovenabogada23
 
buenas tardes colegas, llego un caso en donde el trabajador no estaba registrado ( puse sus datos en Aportes de AFIP y no aparece nada, y el me dice que nunca le dieron recibo de sueldos, lo unico q le daban mientras trabajaba era un recibo comprado en los kioscos), el trabajador lo despiden y va al ministerio, le hacen el intercambio telegrafico intimando a que registren la relacion laboral... contestan aduciendo una cd anterior enviada donde dice que prescinden de las tareas apartir del dia 30/08/2013... estoy media confundida,.. que hago?? contesto rechazando y pidiendo las indemnizaciones??
 #1011861  por dhabogada
 
Hola. Con esa contestacion ya te reconocieron relacion...
 #1011946  por Torito
 
Claro.... hacé efectivo el apercibimiento.

Por suerte para vos, sonzamente reconocieron la relación laboral :lol:
 #1013175  por Puluko
 
Hola,

al enviarte la CD o TLC despidiendo a tu cliente, reconocen la relación laboral que les estás reclamando registrar, ahora bien yo volvería a intimar la registración reconocida en CD o TCL q te enviaron considerandome despedido, luego llamo a su abogado y negocio o directamente demandaría. Ya lograste lo más dificil, que ellos reconocieran que existió la relación que reclamas, más allá de que lo despidieran antes o después de la intimación de registración.
 #1014513  por Ro2012
 
Sucede que al haberlo despedido antes de intimar por la ley 24013, si bien reconocen relacion laboral dicha ley no corre, vasa tener que ir por la 25323.