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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1013470  por MEI38
 
Estimados amigos, tengo una jubilación en la que el señor tienen 6 meses aportados con codigo 13 , piloto. Régimen 50/30
Esos 6 meses son del año 80. Tambien tenia autónomos, hice la vinculación de cuentas y en el puc no sale nada en datos personales, sin embargo en pagos aparecen un montón de pagos desde el año 76 en adelante. De hecho el año 80 aparece pago completamente. La duda es porque debo hacer moratoria. REspete la fecha de inicio y actividad del pha, y cargue completamente hasta el 9/93 aplique art 3 por 7 años. El art. 3 lo aplique en aquellos meses que según surge de la pestaña de pagos no se encuentran pagados-
El tema es, puedo renunciar a los 6 meses del año 80 aunque en pagos aparezcan pagados? son simultáneos pero al liquidar con moratoria los pagos ascienden y me da menos si los renuncio, es factible? o al estar en pagos me exigirán que los deje? o Bien como tengo eses seis meses en relación de dependencia, y en el puc no sale nada, puedo hacer el corte y no cargarlos ? aun cuando aparecen en la pestaña de pagos? gracias!!!!
 #1013473  por MEI38
 
[quote="AUKA"]No podés renunciar o que está pago[/quote
Tenia entendido AUKA que cuando llegas a los 30 años, si hay aportes simultaneos pueden renunciarse eso dice la 25321 o no??? gracias!
 #1013563  por MEI38
 
MARIO1943 escribió:SI ESTA EN PAGOS Y NO FIGURA EN EL PUC, DEBES CARGARLO EN LA SIT. D E REVISTA
Gracias Mario, entonces los incorporo aunque no estén en el puc y liquide por 24476. El tema es, al ser simultáneos, y llegar a los 30 años con la moratoria y el exceso de edad, puedo renunciarlos???? saludos!
 #1013570  por MARIO1943
 
MEI38 escribió:
MARIO1943 escribió:SI ESTA EN PAGOS Y NO FIGURA EN EL PUC, DEBES CARGARLO EN LA SIT. D E REVISTA
Gracias Mario, entonces los incorporo aunque no estén en el puc y liquide por 24476. El tema es, al ser simultáneos, y llegar a los 30 años con la moratoria y el exceso de edad, puedo renunciarlos???? saludos!
NO TE VAN AFECTAR, PORQUE AL SER SIMULTANEO SEGUN LA A LEY 24241, LOS PROMEDIOS SE TOMAN POR SEPARADOS, AUNQUE EN ESTE CASO SON MUY POCOS MESES, MUCHO NO TE VA A SUMAR EN LA DETRMINACION DEL HABER,
 #1013752  por MEI38
 
MARIO1943 escribió:
MEI38 escribió:
MARIO1943 escribió:SI ESTA EN PAGOS Y NO FIGURA EN EL PUC, DEBES CARGARLO EN LA SIT. D E REVISTA
Gracias Mario, entonces los incorporo aunque no estén en el puc y liquide por 24476. El tema es, al ser simultáneos, y llegar a los 30 años con la moratoria y el exceso de edad, puedo renunciarlos???? saludos!
NO TE VAN AFECTAR, PORQUE AL SER SIMULTANEO SEGUN LA A LEY 24241, LOS PROMEDIOS SE TOMAN POR SEPARADOS, AUNQUE EN ESTE CASO SON MUY POCOS MESES, MUCHO NO TE VA A SUMAR EN LA DETRMINACION DEL HABER,
Gracias Mario por tu explicación, la idea de renunciarlos es porque probando en el sicam, si los renuncio me da menos deuda, por otro lado, en caso que no los renuncie, al tratarse esos 6 meses simultáneos y siendo la RD diferencial porque es piloto codigo 13, me influye en el prorrateo o se prorratea igual como si no existieran los aportes autónomos??? gracias por tu ayuda! Felicidades! *flor*
 #1013816  por MARIO1943
 
CUANDO VOS PRORRATEAS, LO HACES EN FUNCION A LAS TAREAS DIFERENCIALES, NO EN FUNCION D E LAS TAREAS COMUNES Y TE DA LOS PERIODOS QUE NECESITAS DE TAREAS COMUNES , SUMADO A ESTA LAS INSALUBRE,COMO ASI TAMBIEN LA EDAD CORRESPONDIENTE, EJEMPLO SI LA TAREA DIFERENCIAL NECESITA 25 ANOS Y TENES 12,5 DE TAREAS DIFERENCIALES Y 10 DE AUTONOMOS, EL PRORRATEO TE DARIA EN FUNCION A LOS 12,5 MESES, QUE NECESITAS 27, 5 ANOS EN TOTAL
Y TENES 12,5 DE T.DIF. MAS 10 D E AUTONOMO , TENES UN TOTAL DE 22,5, TE ESTARIA 5 ANOS DE TAREAS COMUNES , QUE LO COMPRAS CON MORATORIA SI S E PUEDE
 #1013817  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:CUANDO VOS PRORRATEAS, LO HACES EN FUNCION A LAS TAREAS DIFERENCIALES, NO EN FUNCION D E LAS TAREAS COMUNES Y TE DA LOS PERIODOS QUE NECESITAS DE TAREAS COMUNES , SUMADO A ESTA LAS INSALUBRE,COMO ASI TAMBIEN LA EDAD CORRESPONDIENTE, EJEMPLO SI LA TAREA DIFERENCIAL NECESITA 25 ANOS Y TENES 12,5 DE TAREAS DIFERENCIALES Y 10 DE AUTONOMOS, EL PRORRATEO TE DARIA EN FUNCION A LOS 12,5 MESES, QUE NECESITAS 27, 5 ANOS EN TOTAL
Y TENES 12,5 DE T.DIF. MAS 10 D E AUTONOMO , TENES UN TOTAL DE 22,5, TE ESTARIA 5 ANOS DE TAREAS COMUNES , QUE LO COMPRAS CON MORATORIA SI S E PUEDE
ME COMI UNA PALABRA, TE ESTARIAN AFALTANDO 5 ANOS D E TAREAS COMUNES
 #1013819  por MEI38
 
MARIO1943 escribió:
MARIO1943 escribió:CUANDO VOS PRORRATEAS, LO HACES EN FUNCION A LAS TAREAS DIFERENCIALES, NO EN FUNCION D E LAS TAREAS COMUNES Y TE DA LOS PERIODOS QUE NECESITAS DE TAREAS COMUNES , SUMADO A ESTA LAS INSALUBRE,COMO ASI TAMBIEN LA EDAD CORRESPONDIENTE, EJEMPLO SI LA TAREA DIFERENCIAL NECESITA 25 ANOS Y TENES 12,5 DE TAREAS DIFERENCIALES Y 10 DE AUTONOMOS, EL PRORRATEO TE DARIA EN FUNCION A LOS 12,5 MESES, QUE NECESITAS 27, 5 ANOS EN TOTAL
Y TENES 12,5 DE T.DIF. MAS 10 D E AUTONOMO , TENES UN TOTAL DE 22,5, TE ESTARIA 5 ANOS DE TAREAS COMUNES , QUE LO COMPRAS CON MORATORIA SI S E PUEDE
ME COMI UNA PALABRA, TE ESTARIAN AFALTANDO 5 ANOS D E TAREAS COMUNES
Gracias Mario quedó clarísimo, es decir que el prorrateo corresponde y lo hice bien. Te consulto respecto a la renuncia, y por que me da menos deuda, si renuncio esos 6 meses que tengo simultaneos con RD me da casi 500 pesos menos. Tengo justo 30 años ni un mes mas, pero queria saber si podia renunciar o directamente dejo asi el sicam gracias *flor*
 #1013887  por MARIO1943
 
VOS NO PODES APLICAR ART. 1 DE LA LEY 25321 POR CONVENIENCIA
EL ART. 1 DE LA LEY 25321, DICE QUE S E PODRA APLICAR DICHO ARTICULO DE LA LEY A PERIODOS SIMULTANEOS O EXCEDIERA LOS 30 ANOS A PERIODOS CON DEUDA, CADUCANDO A TAL EFECTO LA DEUDA.
YO ME PREGUNTO QUE DEUDA HAY PARA QUE VOS APLIQUES LA LEY 25321 A PERIODOS DE AUTONOMOS QUE EXCEDAN LOS 30 ANOS??, QUE QUERES CONDONAR SI NO HAY DEUDA???
NO COMPLIQUES LA LIQUIDACION POR $ 500