Hola a todos: les consulto: tengo una cliente que fue despedida; trabajó en negro; su edad actual es de 19 años, y comenzó a trabajar a los 17 años; su horario siempre excedió el dispuesto por la LCT para los menores de 18 y mayores de 16; tampoco al estar en negro le fue requerido el certificado de aptitud médica; mi consulta es si ¿existe alguna penalización por ello? o luego del intercambio postal y al redactar la demanda debo ¿incluir el exceso de horario como horas extras y lo del certificado en el relato de los hechos?.-Gracias. Saludos.-
