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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1014465  por danpol1973
 
hola estos son los hechso.
soy abogado del empleador, la trabajadora esta embaraza de 5 cinco meses (si bine no notificó el embarazo éste resulta ya evidente), y falta 2 veces x semana y no acompaña certificado médico. La duda es que mas allá de no abonar los días no trabajados, es prudente dado su condición de embarazada ( y los cuidados y derechos q le otorga la lct), intimarla a que si sigue con esa conducta va a ser sancionada o sino sancionarla directamente, y en caso de una ausencia prolongada intimarla x abandono de trabajo.
desde ya muchas gracias.
 #1014511  por andresxeneizes
 
yo entiendo que el embarazo solo juega para el caso de despido, pero no asi impide poner otras sanciones como lo son las suspensiones y descuento de salarios por los dias faltados
 #1015996  por Maumar
 
Estimado:
El hecho de que se encuentra embarazada no obsta a que sea sancionada, luego no puede excusarse del embarazo para comportarse como le parezca. Lo oportuno es sancionar de manera proporcional (ej. apercibimiento; suspensión de 1 día, pasar a 3 días y así hasta llegar a 10 días por lo menos), demostrando la buena fe patronal y las oportunidades que se le viene otorgando. Siempre, desde la primera sanción exhortar a reencausar la conducta bajo apercibimiento de una sanción más severa..
Para el caso de que se ausente sin aviso de manera prolongada, sugiero que se la intime como mínimo en dos oportunidades -dada la situación de gravidez- para demostrar la buena voluntad de la patronal... sí, es denso pero es la forma de palear la situación en que muchas chicas se ponen de aprovechamiento de la protección... reitero, la protección no implica impunidad.
Saludos.-