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 #1015715  por marianoc
 
Estimados colegas,

Nuevamente recurro a sus conocimientos y experiencias ya que tengo que iniciar una demanda por: a) Despido indirecto; y b) Por la sanción del 132 bis.

Estaba pensando a ver que opinan Uds., de iniciar por separado ambas acciones, primero iniciar la demanda por el 132 bis con miras a obtener una sentencia relativamente rápida y así cobrar un dinero en el corto plazo; y luego de iniciada dicha demanda -del 132 bis- recién ahí iniciar la demanda por el despido, todo ello, con la finalidad de evitar demandar conjuntamente por despido y por el 132 bis evitando así cobrar la multa del 132 recién cuando termine el juicio del despido que como saben puede demorar varios años.

Desde ya muchas gracias por sus opiniones y comentarios, Mariano.
 #1015731  por diegoignacio
 
todo junto amigo no se puede hacer lo que pretende porque estariamos en el supuesto de mismo demandado misma causa laboral
 #1016351  por adessoma
 
Mala estrategia: Para poder pedir el 132 bis (técnicamente art. 43 ley 25345), necesariamente debe haber un despido.
El propio art. 132 dice: "...y al momento de producirse la extinción del contrato de trabajo por cualquier causa no hubiere ingresado total o parcialmente esos importes..."
Además, la multa guarda relación con el salario, lo cual debe ser probado en un contradictorio.
Conclusión: el tiro puede salirte por la culata y pueden condenar en costas a tu cliente. Además, en caso de que se trata de un trabajador en negro, las multas del art. 132 bis no prosperan, ya que no puede retenerse un aporte que nunca se hizo.
Meté los dos juntos.
Saludos.