Hola colegas, buenas noches. Los molesto por lo siguiente: solicité autoricen a una curadora definitiva para percepción directa de alimentos (del hermano insano). Ayer, veo que autorizaron como siempre, a retirar lo que hay depositado y lo que se deposite en el futuro, pero luego de eso pasó al asesor y el tribunal hizo una aclaratoria; donde dice que "autorice a retirar fondos depositados y a depositarse" se lea "fondos que se vayan depositando".
con ello interpreto que solo autorizan a retirar lo que se deposite en adelante en concepto de alimentos. Y mi duda es, qué pasa con el dinero que existe en la cuenta judicial??? dicho sea de paso es una suma importante que se fue acumulando hasta ahora, que autorizan a percibir en forma directa a la curadora.
Por lo pronto voy mañana (hoy en unas horas) con la Sra. con el oficio al tribunal y luego a cobrar, yo me tiro un lance a ver si la puedo hacer retirar todo lo de la cuenta y si no me lo permiten, veré cómo hago para solucionarlo y que mi clienta pueda retirar todo lo que se acumuló y de ahí en más retire mes a mes lo que se va depositando.
Y mientras tanto si alguien tiene alguna sugerencia o ayuda que me pueda dar, se lo agradeceré. saludos.-
con ello interpreto que solo autorizan a retirar lo que se deposite en adelante en concepto de alimentos. Y mi duda es, qué pasa con el dinero que existe en la cuenta judicial??? dicho sea de paso es una suma importante que se fue acumulando hasta ahora, que autorizan a percibir en forma directa a la curadora.
Por lo pronto voy mañana (hoy en unas horas) con la Sra. con el oficio al tribunal y luego a cobrar, yo me tiro un lance a ver si la puedo hacer retirar todo lo de la cuenta y si no me lo permiten, veré cómo hago para solucionarlo y que mi clienta pueda retirar todo lo que se acumuló y de ahí en más retire mes a mes lo que se va depositando.
Y mientras tanto si alguien tiene alguna sugerencia o ayuda que me pueda dar, se lo agradeceré. saludos.-