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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1016038  por Caterina812
 
Estimados haber que opinan:

Matrimonio dos hijas mayores que viven en el mismo techo pero duermen en habitaciones distintas hace 6 años por decisión de uno de ellos situación que el otro consintió ya que nunca reclamó este deber, pero en caso de entablar divorcio por 214 inc2 es difícil de probar , testigos hijas.- motivos de la decisión de no compartir habitación, bipolaridad del cónyuge que acarrea mala convivencia y peleas entre los cónyuges y mala comunicación con los hijos., alcoholismo y alguna adicción exporadica, de esta situación uno de ellos luego de pedir una solución y promesa de cambio, decide irse a otra casa , la cual sus hijas deciden hacer lo mismo.-La cuestión es como entablar el divorcio( no se accede a un mutuo el que se quedò en el hogar acusa abandono) ya que si lo hago por el 214 inc. 2 dice que va a reconvenir por abandono voluntario, si lo entablo contradictorio tengo que caer en injurias graves y la testimonial es solo sus hijas ya que todo se fuè dando en el marco de la intimidad familiar , si lo hago por el 203 .- las consecuencias es el deber de alimentos y conserva derechos hereditarios y justamente el que se retira recién ahora trabaja y no es el económicamente fuerte ni sostén de familia.- Que me aconsejan?
 #1016072  por AgusV
 
Caterina que tal. Separación de hecho bajo el mismo techo no la vas a poder probar, al menos donde litigo no la admiten, pese a que sé de jurisprudencia que la ha admitido. Mutuo seria lo ideal pero decis que no hay caso, contradictorio: contra el supuesto abandono existe jurisprudencia que rechaza el mismo cuando existe un clima de desquicio interno en el matrimonio. El testimonio de las hijas es fundamental en familia, quien mejor que los mismos familiares para conocer el caso, es difícil opinar desde afuera pero en tu lugar haría contradictorio por lo que decis no tenes otra opción, y si te reconviene con el supuesto abandono tratar de desvirtuarlo con lo del clima interno que sostenía imposible la convivencia, etc etc, y sobre la marcha vez como se va dando y la posibilidad de algún acuerdo. Espero haber aportado algo. saludos. Agus
 #1016074  por Caterina812
 
Gracias Agus V , si yo lo pensé , pero que pasa si lo entablo por injurias graves logro desvirtuar el abandono por los motivos de desequilibrio , pero la contraparte alega enfermedad y que es consecuencia de su adicción al alcohol y me lo terminen dando por el 203 .... ahora pregunta ¿esta legitimado al demandado para invocar en su reconvención enfermedad y pedir las consecuencias derivadas del 203 o solo lo podría invocar el actor como causal?
 #1016080  por AgusV
 
u pase por alto lo del alcohol, completito tu caso jaj, entiendo que la causal del 203 solo puede ser invocada por el "sano".