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  • Quedó automaticamente notificado, no?

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 #1018384  por sofia2009
 
Hola a todos, mi consulta es la siguiente:

En un juicio de alimentos, en provincia, no se pudo llevar a cabo la audiencia del art. 636 cpcc porque el alimentante no se presentó (tampoco se había presentado a las audiencias en etapa previa), en consecuencia se designa una nueva audiencia (la prevista en el art 637 cpcc) fijandose además una multa por la incomparecencia bla, bla, bla ....
A los pocos días de frustrada la audiencia del 636 cpcc (o sea la primera), el alimentante se presenta en el expediente constituye domicilio y manifiesta que se tenga en consideración para fijar la cuota de alimentos que tiene 4 hijos de "otra" relación.
Sale el proveido que dice: "Tiénese al peticionante por presentado en forma espontánea, parte y por constituído el domicilio procesal indicado. (art. 40 del C.P.C.C.).-
Agréguense las boletas acompañadas y con ellas tiénese por cumplido con lo dispuesto por los arts. 3º de la Ley 8480 y 13 bis de la Ley 10.268 en relación a la Dra .......-
A lo solicitado, previo a todo trámite estése a la audiencia designada a fs.67."

Mi pregunta es la siguiente: al presentarse espontaneamente en el expediente el alimentante quedó automaticamente notificado de la audiencia del art 637 fijada para marzo de 2014?
Yo endiendo que no tengo que la hacer cédula porque al presentarse tacitamente se notificó de todo lo actuado, no?
Gracias por colaborar *abrazo* *abrazo* *abrazo*
 #1018492  por andresxeneizes
 
yo entiendo que al quedar notificado del auto que remite al que fija la fecha de la audiencia podria considerarse notificado, pero quizas mejor hacer la cedula para asegurarse que el juzgado no tenga otro criterio
 #1018705  por fernando1983
 
Hola.
Entiendo queda automáticamente notificado solamente de ese auto, pero no del auto de fs. 67 (que seguramente ordenará que se notifique por cédula o personalmente). Por lo tanto, para mí habría que hacer la cédula notificando la audiencia.
Saludos,
 #1019147  por sofia2009
 
Por las dudas aclaro algo: al momento que el alimentado se presentó espontaneamente en el expediente, la fecha de la audiencia del 637 CPCC ya estaba fijada en el mismo.
*abrazo* *abrazo* *abrazo*