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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1019509  por Lemon
 
Hola colegas les cuento es la primera vez que me interponen un recurso extraordinario y no estoy seguro bien como proceder.

Yo voy por parte actora en un juicio laboral x despido incausado.

Primer Instancia sentencia a favor
Segunda Instancia confirma la sentencia a favor costas a la demandada

Ahora interponen recurso extraordinario y me dan traslado desde el Juzgado:
"del recurso extraordinario interpuesto por la codemandada, córrase traslado a laactora por el plazo de diez días"


Segun tengo entendido por lo que vine leyendo, en esta oportunidad solamente tendria que contestar traslado sobre la admisibilidad o no del recurso interpuesto.

Posteriormente si le dan lugar al recurso, la corte suprema me notificara x cedula del llamamiento para presentar el memorial por 10 dias mas y en esa ocasion justifico nuevamente porque no procede el recurso extraordinario y presento memorial verdad?

Si la camara rechaza el recurso ellos pueden ir en queja a la corte depositando 5.000 pesos por lo que vine leyendo y en esa ocasion nuevamente me notifican para contestar traslado y si le dan el ok de la corte me tendrian que notificar nuevamente por 10 dias para presentar memorial no???...

Por ultimo es necesaria alguna formalidad especial al dirigirse a la corte o es lo mismo que en camara y juzgados.... (admito completa ignorancia al respecto).

Espero estar en lo correcto jajaaj, la verdad es la primera vez que me pasa que llego tan lejos contra una empresa, estan empecinados en no pagar ajjaaj...

Saludos y gracias por anticipado!
 #1019904  por fernando1983
 
Hola, entiendo igual que vos.
Lo único y de vital importancia. Hay que cumplir requisitos para presentar recurso extraordinario, como así también para contestar sus fundamentos, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. Y creeme que la Corte es extremadamente rigurosa en este sentido.
No estoy seguro del número de acordada, pero creo que es la 7/2004 (sino busca requisitos recurso extraordinario y ahí te salen): entre otros tenía que llenarse un formulario, tamaño de la letra, cantidad de renglones (creo que 26 o 27) por página, etc.
Saludos,
 #1020458  por Lemon
 
fernando1983 escribió:Hola, entiendo igual que vos.
Lo único y de vital importancia. Hay que cumplir requisitos para presentar recurso extraordinario, como así también para contestar sus fundamentos, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. Y creeme que la Corte es extremadamente rigurosa en este sentido.
No estoy seguro del número de acordada, pero creo que es la 7/2004 (sino busca requisitos recurso extraordinario y ahí te salen): entre otros tenía que llenarse un formulario, tamaño de la letra, cantidad de renglones (creo que 26 o 27) por página, etc.
Saludos,
Gracias por la data. Si, lo del formulario y todo eso es cierto, pero lo es para la parte que deduce el recurso calculo, no para la parte que lo responde. La verdad que el recurso que interpusieron no parece ser muy formal que digamos, pero voy a ver los requisitos a ver si puedo bicicletear algo que no hayan cumplido jajaja.

Muchas gracias!
 #1020965  por fernando1983
 
Fijate si la parte que lo interpuso no cumplió con las formalidades (contá los renglones, que la Corte los cuenta para ver si pueden rechazar recursos así no se llenan de tanto laburo). Si no cumplió tenés un argumento más para solicitar se rechace el mismo (incumplimiento de requisitos).
Si te toca responder, por las dudas respondería igual con las formalidades establecidas en esa acordada.
Saludos,