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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1019717  por electra17
 
Buenas tardes tengo una sentencia interlocutoria de seg social que dice se notifique por secretaría a las partes (aun no llegó la cédula) la apelación la debo fundar ahora o lo fundo en cámara
Gracias
 #1019845  por lucky
 
Tenés que apelar dentro de los 5 días y esperar con qué carácter te conceden el recurso. Seguramente será en relación y sin efecto diferido: tenés que fundarlo dentro de los 5 días de notificada la concesión del recurso (es por nota). Arts. 243 y ss del CPCCN.
Si es con efecto diferido se funda en Cámara.