Estimados,
tengo una cliente que trabaja en un colegio privado con subvencion estatal. Tiene dos cargos del que uno se encargaria de abonarle "e estado" y el otro el colegio. Ahora bien, ella va a renunciar a ambos. Le recomendaron en la institución que envie el telegrama de renuncia. El cargo que le corresponde al estado la renuncia seria el 1 de marzo, pero al que le corresponde al colegio abonar le dijeron que lo haga con fecha de 28 de febrero. ¿Que es recomendable hacerlo como indica la insitución?¿ o hacer ambas el primero de marzo hciendo caso omiso a lo que ellos dijeron?
Agradezco respuestas!
saludos!
tengo una cliente que trabaja en un colegio privado con subvencion estatal. Tiene dos cargos del que uno se encargaria de abonarle "e estado" y el otro el colegio. Ahora bien, ella va a renunciar a ambos. Le recomendaron en la institución que envie el telegrama de renuncia. El cargo que le corresponde al estado la renuncia seria el 1 de marzo, pero al que le corresponde al colegio abonar le dijeron que lo haga con fecha de 28 de febrero. ¿Que es recomendable hacerlo como indica la insitución?¿ o hacer ambas el primero de marzo hciendo caso omiso a lo que ellos dijeron?
Agradezco respuestas!
saludos!