Estimados Foristas
Pensando y recapitulando el tema de la 26.773 les propongo algo que nos puede servir a todos los colegas que hacemos laboral y en especial a los que hacemos Accidente de trabajo.
Que Aseguradoras de Riesgos de Trabajo liquidan la incapacidad con RIPTE y con el 20% en la etapa extrajudicial. Hago este planteo porque muchos colegas con los que hablo me dicen que sus clientes reciben las indemnizaciones por incapacidad con la formula básica, otros la formula básica más Ripte (sobre el piso) y otros también el 20%.
Cuales es la idea...mencionar las ART de las cuales ya indemnizaron y liquidaron con la Nueva ley 26.773 en la etapa extrajudicial.
Ejemplo
1) Mapre: Formula SI, Ripte SI/No y 20% adicional Si/NO
Así con el resto de las ART
El que pueda quiera, pueda y tenga ganas de comentar su caso sera más que bienvenido y le servirá de paso a todos los colegas para ver como se mueven las ART sobre este tema.
Saludos
Dr. cwebb
Pensando y recapitulando el tema de la 26.773 les propongo algo que nos puede servir a todos los colegas que hacemos laboral y en especial a los que hacemos Accidente de trabajo.
Que Aseguradoras de Riesgos de Trabajo liquidan la incapacidad con RIPTE y con el 20% en la etapa extrajudicial. Hago este planteo porque muchos colegas con los que hablo me dicen que sus clientes reciben las indemnizaciones por incapacidad con la formula básica, otros la formula básica más Ripte (sobre el piso) y otros también el 20%.
Cuales es la idea...mencionar las ART de las cuales ya indemnizaron y liquidaron con la Nueva ley 26.773 en la etapa extrajudicial.
Ejemplo
1) Mapre: Formula SI, Ripte SI/No y 20% adicional Si/NO
Así con el resto de las ART
El que pueda quiera, pueda y tenga ganas de comentar su caso sera más que bienvenido y le servirá de paso a todos los colegas para ver como se mueven las ART sobre este tema.
Saludos
Dr. cwebb