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 #1020828  por simones
 
Hola a todos. Mi consulta es por el traslado art. 29 ley11.653. Un despido en el cual demandamos a una S.A y a su director. La s.a. contesto traslado de la demanda, a lo cual el juzgado saco proveido :"Asimismo, conforme surge de la cédula que se acompaña, tiénese por contestada en término la acción por XXXXX S.A. " pero no ordeno el traslado art. 29. yo continué el tramite con la notificación al otro demandado, quien al contestar opone falta de acción x no ser empleador a titulo personal y remite los hechos a la contestación de demanda de la SA.
Ahora bien. esty armando la contestación, pero me queda la duda si me tienen que dar traslado de la constatación de la SA. espero algún consejo!!! gracias.
 #1020829  por eltam88
 
Claro que te tienen que dar traslado. Lo que sucede es que hasta que no contestan ambos demandados no dan el traslado, así suelen hacer algunos Tribunales.
Hablalo en el Tribunal, puede que se hayan comido el traslado.
 #1020837  por simones
 
gracias eltam por tu pronta respuesta. me puedo notificar directamente o tengo q pedir se me corra traslado?? la constatación de demanda me remite a los hechos vertidos en la q no esty notificada, sin especificarlos, por lo cual yo tengo q leer esa contestación y negarlos. decime si esty en lo correcto!! gracias nuevamente.