Estimados:
Si se constituye una hipoteca en favor de una sociedad A, para garantizar el pago de una sociedad B, y el inmueble es de dos personas fisicas, debe la sociedad B, realizar acta para aprobar la hipoteca? o no tiene sentido dado que no es la dueña del inmueble?
Porque el escribano que realiza la hipoteca esta pidiendo el acta de ambas sociedades aprobando la hipoteca.
DEsde ya gracias.
Si se constituye una hipoteca en favor de una sociedad A, para garantizar el pago de una sociedad B, y el inmueble es de dos personas fisicas, debe la sociedad B, realizar acta para aprobar la hipoteca? o no tiene sentido dado que no es la dueña del inmueble?
Porque el escribano que realiza la hipoteca esta pidiendo el acta de ambas sociedades aprobando la hipoteca.
DEsde ya gracias.
