Estimados colegas, soy nueva en el foro y necesito que alguien me ayude con una duda importante que tengo; me consultaron para realizar un contrato de alquiler de un local con fines comerciales, el cual tendría una duración de 3 años. Según la Ley de Aranceles Profesionales nos habilitan a cobrar entre el 1% y 5% del valor del contrato, con una base de 6 "Ius". Ahora bien en un cambio de opiniones que tuve con una escribana, ésta me dice que dicho porcentual se toma en relación al valor de una cuota, y mi opinión es que la base para el cobro es el valor total del contrato (36 meses). Como verán la diferencia es enorme. Por favor ayuda!!!!!! 
Para mí se toma el valor total del contrato.
De todos modos, el mínimo, 6 jus, equivalen aproximadamente a $ 1.400
