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 #1022338  por carolinatrames
 
Estimados colegas
les hago una consulta. En una demanda de daños en el primer proveído se me indica que cierta documental (dni del actor, un presupuesto) no es acompañado a la demanda. Yo ya dí traslado de la demanda. Puedo tratar de agregar esta documental o me la van a tener por extemporánea?
 #1022357  por andresxeneizes
 
Art. 331. - El actor podrá modificar la demanda antes de que ésta sea notificada. Podrá, asimismo, ampliar la cuantía de lo reclamado si antes de la sentencia vencieren nuevos plazos o cuotas de la misma obligación. Se considerarán comunes a la ampliación los trámites que la hayan precedido y se sustanciará únicamente con un traslado a la otra parte.

Si la ampliación, expresa o implícitamente, se fundare en hechos nuevos, se aplicarán las reglas establecidas en el artículo 365
.
 #1022365  por carolinatrames
 
perfecto, yo diligencié la cédula, vamos a ver si notificó, si aún no notificó entonces puede ser que me tomen estan documental conforme al art que me expresás.
Consulta, lo que más me preocupa de la doc que me quedó en el aire, es que digo que acompaño dni del actor (en la demanda) y no lo hago. En su caso, y si ya no tengo oportunidad de hacer valer el art 331 y de acompañarlo, no creo tenga problemas con la identificacion del actor no?, en el formulario de inicio siempre se presenta dni del actor, de lo contrario no podríamos sortear la demanda. Se entiende no?
 #1022385  por andresxeneizes
 
si la cedula viene con resultado negativo podes llegar a meter la documental.

ahora bien si el dni no tenia ningun valor mas que acreditar que el actor es el actor, cuando vayas a la audiencia 360 el audiencista va a poner que se presento el actor con dni numero tal, y mas aun como bien señalas el dni hay que presentarlo en la camara sino ni te sortean la demanda
 #1022584  por carolinatrames
 
gracias andrés!
Ya dejé la documental. Pregunta , si la cédula notifica con posterioridad a la presentación de la documental se tiene por válida o agregada esta?. Porque la cédula por ej salió hoy según listado (yo la había dejado el 27/2), y hoy mismo dejé la documental.
 #1022627  por andresxeneizes
 
yo calculo que el juzgado te dira que notifiquees el traslado de demanda junto con la ampliacion, por lo que en caso que suceda eso para completar la notificacion de la demanda tendrias que notificar la ampliacion por otro lado, eso en caso que se notifiquen, si la notificacion viene fracasada vas a poder hacer una nueva con los dos proveidos en la misma cedula