Estimados: Un cliente está a punto de separarse de su mujér, en principio se estarían encaminando a un divorcio por mutuo acuerdo, pero me propone, que previo al divorcio (como aún no hay una defininición total de la situación) le gustaría dejar asentado en un acta notarial que ambos esposos en forma transitoria --por motivos personales-- constituirán domicilios separados permaneciendo la mujer y sus hijos menores en el hogar conyugal y el esposo en otro domicilio sin que ello implique abandono voluntario y malicioso del hogar. Dejar también asentado que él continuará haciéndose cargo de su deber alimentario con relación a su esposa e hijas y que podrá visitar a sus hijos las veces que desee.
La pregunta que me hago es la siguiente: Hasta que punto es válida esa declaración común en una eventual pleito de divorcio contradictorio?. Han visto/escuchado/asesorado a clinentes sobre acuérdos de es índole????.Escucho vuestros comentarios
La pregunta que me hago es la siguiente: Hasta que punto es válida esa declaración común en una eventual pleito de divorcio contradictorio?. Han visto/escuchado/asesorado a clinentes sobre acuérdos de es índole????.Escucho vuestros comentarios