Hola!
Me salio la primera sentencia en sede laboral y me surgen varias dudas! por lo que vi la tasa de interés es del 1,55% mensual. Ahora la sentencia dice que se apliquen intereses desde que cada rubro es debido...calculo desde el despido (2009) o desde la interp. de la demanda (2011)? Por otro lado, el daño moral que se fijo, desde cuando se calcula? ( hubo prescripción de la causa penal). Quizá son preguntas obvias, pero me surge la duda de como practicar la liquidación...mil gracias!!!!
Me salio la primera sentencia en sede laboral y me surgen varias dudas! por lo que vi la tasa de interés es del 1,55% mensual. Ahora la sentencia dice que se apliquen intereses desde que cada rubro es debido...calculo desde el despido (2009) o desde la interp. de la demanda (2011)? Por otro lado, el daño moral que se fijo, desde cuando se calcula? ( hubo prescripción de la causa penal). Quizá son preguntas obvias, pero me surge la duda de como practicar la liquidación...mil gracias!!!!