Hola a todos colegas, estuve buscando información en el foro sobre el tema y no he encontrado nada, tampoco me satisfizo la que hay en algunos libros, el asunto es el siguiente, vino a verme un cliente que recibió una cédula donde le han dictado una medida cautelar de no innovar por supuestas molestias que le ocasiona él a la vecina, todo esto en el marco de una accion posesoria de manutención, lo cierto es que AUN NO LE HA CORRIDO TRASLADO DE LA DEMANDA, pero la medida sigue vigente, mi pregunta es la siguiente: me presento y pido el cese de dicha medida aduciendo que las circunstancias de hecho que motivaron su dictado ya no existen? o directamente me presento y contesto la demanda aunque aun no ha sido corrido el traslado de la misma? otra cosa: en la cedula de notificación de la medida la colega puso como destinatario a mi cliente y con la formula y/o cualquier otro ocupante, cuando he leido jurisprudencia que rechazan esta fórmula por tener que ser el demandado individualizado correctamente en una acción posesoria, otra cosa más: mi cliente no vive solo, vive con un hijastro que no fue notificado de dicha medida, bueno, espero me de alguien una guia. saludos.
la cautelar la notificaron o no?
la resolucion en que dictan la medida cautelar es la misma en la que dan el traslado de demanda?
