Compra de autos usados
comprador
• Libre deuda de patentes: El vehículo tampoco podrá adeudar ninguna de las patentes. Para informes y pagos de las mismas, en la Capital Federal la Dirección de Rentas,
http://www.rentasgcba.gov.ar, se encuentra en la calle Suipacha al 900, en tanto que Rentas de la Provincia de Buenos Aires,
http://rentas.gba.gov.ar, se sitúa en Diagonal Norte 812 en la Capital Federal. o en
http://www.arba.com.ar/
Pasos a realizar para comprar autos usados
• Oblea: Es la oblea colocada en la Verificación técnica vehicular de caracter obligatorio.
vendedor
• CUIT, CUIL o CDI y DNI y fotocopia del comprador
Cada vez que hay que realizar un trámite, y sobre todo si es para la compra o venta de un automotor, rara vez salga todo como se pretende. Siempre habrá algún inconveniente pero que si bien se solucionará, llevará su tiempo y puede ocasionar más de un dolor de cabeza a quien lo deba realizar.
Un ejemplo de esto es cuando solamente se tiene el boleto de compra-venta pero que no se cuenta con el formulario 08 firmado por el vendedor para que el comprador inscriba la transferencia a su nombre.
En este caso particular hay que hacer una denuncia de compra en el Registro Seccional en donde se haya inscripto el auto. Hay que solicitar el formulario de la denuncia, presentar la documentación personal, la documentación del vehículo, el nombre de la marca y el modelo, la constancia de la verificación, libre deuda de patentes y multas y por último todos los datos de quien vendió el auto.
También se debe realizar una denuncia de venta para desligar al vendedor de cualquier tipo de responsabilidad civil de los daños producidos en un accidente a pesar de haber vendido el vehículo, debido a que la ley presume que el propietario que entregó su vehículo pero no denunció la venta conserva su guarda. En este caso se debe presentar casi la misma documentación que en la compra.
CETA
se anunció que la AFIP modificará ciertas medidas económicas y fiscales que apuntan a la reestructuración y a la transparencia del comercio interno e internacional. Una de ellas está dirigida al sector automotriz ya que se reemplazará al Formulario 381 en la compra-venta de usados y se pasará a utilizar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA).
El formulario 381 es emitido por la AFIP para vehículos importados desde 1986, adquiridos directamente o por transferencia desde el 1 de enero de 1988 hasta el 18 de octubre de 1992, y para autos solamente, desde esa fecha en adelante, que tengan un valor superior a $ 25.000.
Todo esto dejará de regir y se reemplazará por el CETA que según informó el titular de la AFIP Ricardo Echegaray en una primera etapa será para las operaciones de $50.000 o más, una segunda etapa para los vehículos de $40.000 o más y finalmente para los autos de $30.000 y superiores.
Asimismo, el funcionario agregó que los datos del CETA serán incluidos obligatoriamente en el formulario 08 en el momento de la inscripción del vehículo, por ende antes de concretar la transacción el titular del vehículo deberá obtener el CETA ingresando en la página Web de la AFIP el dominio del automotor, el valor de la transferencia y los datos del comprador.
Cuando la operación se realice por intermedio de concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Motovehículos Usados, serán estos los responsables de la obtención del CETA, lo que libera al titular del vehículo de cumplir con esta obligación.
Espero que le sirva de guia para saber como encarar el tema.
Saludos