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  • Honorarios. ius previsional - Primer Divorcio

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1029601  por DraFigueroa
 
Buenas!
La idea es iniciar mi primer divorcio en provincia de Buenos Aires. Si bien ya arregle con los clientes un monto, tengo que pedir que me regulen honorarios o siempre salen regulados con la sentencia? cómo se determina el ius previsional en caso que la sentencia no diga nada sobre los honorarios?

desde ya mil gracias x sus repuestas...
 #1029883  por profesional
 
Cuando iniciás pagás bono ley, ius previsional, tasa y sobretasa.
Luego en sentencia, el juez regula honorarios SIEMPRE, sino la sentencia es nula.
Es una suma según la ley de honorarios más adicional de ley (10%)
Ojo, no te pises en honorarios, dale un monto estimativo o lo que en más o menos regule el juez. Puede que cambie en el medio el valor de ius arancelario y te quedés corta y los aportes van siempre con el monto de lo que se fija...
 #1030595  por DraFigueroa
 
Mil gracias por responder.-
Los gastos en concepto de bono, tasa y anticipo de ius previsional los tengo claros. la sobretasa supuestamente la pago con el anticipo de ius previsional.
La dudas era respecto a la regulación de honorarios, pero ya me aclaraste las cosas. Me regulan honorarios y en función de dicho monto voy a calcular los aportes que están a mi cargo y los que estarán a cargo de mi cliente.

Lo único que me queda por resolver es ganancias. tenes ideas de cómo pagar el anticipo?
 #1030657  por profesional
 
Si sos monotributista, no pagás ganancias. Consultalo con un contador pero yo hasta ahora nunca aboné nada. Sí pagaba cuando era resp no inscripto (hace casi 10 años atrás)
Hoy en día, le entrego a mi contador el formulario de pago de IIBB que queda en mi poder ya que el otro va al expte y él desp me dice si se paga algo o no. Siempre tengo saldo a favor.
Tengo entendido que no pagamos, salvo que seas resp Incripto
 #1030849  por DraFigueroa
 
Estoy en eso, en cuanto me conteste el contador aviso.
Tengo entendido que en provincia tenemos que pagar ganancias. Llegado el caso de no haber generado ingreso alguno, la declaración jurada del mes debería hacerse en cero.

mil gracias por tu respuesta =)