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  • NOTIFICACION DE LA DEMANDA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1029671  por Pinky12
 
Colegasss! inicie una demanda por despido indirecto, trabajador en negro, dentro de Convenio de Sanidad, es una mucama de clínica. Cuando comenzó a laborar se estaba formando la institución, ella se dedicaba a limpiar todo el lugar donde anteriormente también funcionó un centro médico, y luego prosiguió trabajando de mucama en el mismo lugar ya inaugurado como tal.
La cuestión es, que los TCL los envié al domicilio del lugar del trabajo y conjuntamente a Fulana y/o Mengana y/o Titular responsable del centro medico tal. Nunca respondieron aunque sé que le han llegado porque hubo intento de conciliación verbal con el abogado de la otra parte.
Cuestión ahora al notificar la demanda me surge la duda si enviar 3 cédulas a cada una de las demandadas (1 a fulana, 1 a mengana y 1al titular responsable) al único domicilio laboral, o enviar a cada domicilio real (que desconozco y no fue denunciado en la demanda). No tengo datos sobre como esta constituida la sociedad.
AAAH ES EN SANTA FE!
 #1029704  por Torito
 
Primer notificación al domicilio laboral, tal como hiciste con los telegramas. Si las notificacoines fracasas, pedí oficio al RENAPER o IGJ según corresponda. No pierdas tiempo con el domicilio real, ya que muchas veces no son los que figuran en el RENAPER o CAMARA ELECTORAL.

Suerte y saludos!!!
 #1029901  por Pinky12
 
Gracias Torito!!! otra pregunta abusando de tu rápida respuesta! Estoy en la etapa de TCL por un laboral de empleada domestica en negro, de la nueva ley, y erróneamente (por un error de corte y pego mientras hago 3mil cosas) en el 3º TCl donde me doy por despedida indirectamente, intimo por la 24.013 y la 25.323 que ya se que no se aplican! me quiero morir cuando me di cuenta recién (el tcl lo mande ayer). SOLUCION: vuelvo a enviar el tcl pero bien, pongo todo lo mismo y cambio las intimaciones por el art 50 de la nueva ley y no haga referencia al anterior TCL? o que hago........ :(