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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1030186  por Bogart
 
Antes que nada, una salutación para todos los colegas por la Pascua de Resurrección de Nuestro Señor y Semana Santa,
Ahora la consulta: a fin de 2013 intime por despido indirecto por injurias graves a la empleadora de mi clienta, la efectué con fundamento en los distintos artículos de la ley 26844; recién tomo conocimiento que la ley fue reglamentada ayer, entonces que pasa con la intimación efectuada ??, se considera que la misma sin reglamentación de la ley no resultaba operativa y por lo tanto ineficaz la intimación ?' se debería reiterar ?' Hasta el momento trate de conciliar en la subsecretaria de trabajo, sin respuestas y me disponia a presentar la demanda judicial.- gracias
 #1030203  por dramereu
 
Se supone que si afip lanzó un sistema para poder regularizarlos debe estar vigente. Para mi es válido lo que hiciste. Esa ley fue sancionada y publicada en 2013, por lo tanto es plenamente válida y deberías interponer demanda sin inconvenientes.

Saludos.
 #1030206  por Bogart
 
Gracias , tomo nota. Sds.-
 #1030359  por adessoma
 
No hay duda alguna en que lo que hiciste es válido. La falta de reglamentación de una ley no obstaculiza su operatividad, ya que las leyes son de cumplimiento obligatorio a partir del día de su promulgación o transcurrido el plazo de ocho días (art. 2° Cód. Civil y 1° ley 16.504).
Saludos.
 #1030439  por Bogart
 
Gracias, por tu respuesta que suma a mi criterio. Saludos