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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1032174  por azules
 
hola, en el supuesto de falta de contestacion de demanda, debería solicitar puro derecho x art 840 o apertura a prueba. gracias. saludos
 #1032192  por alejandra01
 
podes pedir la rebeldía y abrir luego a prueba. Solicitar puro derecho no, porque tenés causales que probar para el divorcio contradictorio, amén de que la contraparte puede presentarse en cualquier momento..
azules escribió:hola, en el supuesto de falta de contestacion de demanda, debería solicitar puro derecho x art 840 o apertura a prueba. gracias. saludos
 #1032244  por joseluis1107
 
Azules, voy a contradecir a la colega alejandra, si es un 214 inc 2, no hace falta abrir a prueba, queda establecido el motivo de la falta de cohabitación por mas de 3 años, alcanza con pedir, rebeldía, puro derecho y sentencia. Aunque la contraparte se presentara posteriormente a la rebeldía, no tendría posibilidad de alegar u ofrecer prueba que desvirtúe tu manifestación que pasaron más de 3 años, por lo que no es necesario abrir otra prueba. Suerte.
 #1032290  por azules
 
gracias, x responder. lo q no aclaré es q es x causal de injurias graves. gracias saludos