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  • def. consumidor, arreglo pecuniario?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1032262  por mvdr
 
Hola colegas, mi preguntas es la siguiente:
Mi clienta insto una audiencia en defensa del consumidor, ya tiene fecha, es posible llegar a un arreglo económico?? o solo se pueden arreglar temas de producto?.
Que necesito llevar a la audiencia?

muchas gracias
 #1032697  por BUENOOLGADOMINGA
 
En la audiencia en Defensas del Consumidor, puede pedir indemnizacion por daños y perjucios, segun de que producto se trate, si se tratare de una cosa defectuosa, tambien puede reclamar al fabricante, al comerciante y a todos los que intevinieron en la cadena de la produccion, hasta al que puso su marca.

Que pida mucho, total para bajar el monto se ocuparan los que tienen que pagar o responder por los daños causados al consumidor final del producto.

Pruebas, llevar el producto, factura de compra, nombre y direccion del comercio, y demas pruebas que hagan a su derecho, que no entregue los originales, sino las fotocopias de las documentaciones, por si no llegan a un acuerdo, luego iran ajuicio por daños y perjuicios que es la segunda etapa.

Saludos
 #1059426  por funebrero
 
Creo que llego tarde.... Pero en defensa al consumidor NO procede la indemnizacion por daños y perjuicios! Es una via administrativa!! En todo caso ante una eventual sancion a la empresa que incumplio, le correspondera al demandante en concepto de daño directo una “indemnizacion“ de hasta 5 canastas basicas, no mas que eso y en 2 o 3 años... Jaja
Defensa al consumidor es para pedir la reparacion del producto o su cambio (si este corresponde) no mas q esoo!!
 #1059460  por Marina2108
 
Buenas tardes, lamentablemente recién veo esta consulta. Tal como dijeron, no procede la indemnización por daños y perjuicios. En la denuncia que se presenta ante la Dirección, se debe expresar en forma clara y concisa el petitorio; lo que no se pida en esa oportunidad no podrá solicitarse en la audiencia.
Así el día de la audiencia, se presenta el denunciado (aunque puede no acudir) y se negociará en base a lo peticionado (daño directo).
El monto es hasta el valor de 5 canastas básicas publicadas por el INDEC y el resarcimiento puede ser en dinero; o el cambio del producto de iguales características. Depende del caso concreto.
Si no llegan a un acuerdo, entonces pasará a legales y el denunciante dejará de ser parte.
Importante es saber que lo mejor siempre es denunciar a la cadena de comercialización; para tratar de que alguno se presente a la audiencia. Por ejemplo; si compro un celular Samsung en Garbarino, la denuncia será dirigida tanto a Garbarino como a Samsung.
Saludos!