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  • A QUIEN COBRO LOS HONORARIOS??

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1032828  por sol84
 
Estimados colegas, les comento el caso:
Tengo que hacer un reclamo a OSECAC ( obra social de empleados de comercio) por un reintegro de 250 pesos que deben desde el mes de septiembre de 2013. Como verán el monto es ínfimo!
La cliente hizo los reclamo ante la misma obra social, llamo algunas veces por teléfono pero nunca obtuvo respuesta.
Si yo intervengo enviando un carta documento o se llega a una mediación y finalmente logro recuperar la plata:
¿corresponde que OSECAC pague mis honorarios por mi intervención ? Ya que imagínense que a la clienta - por mas que recupere el dinero- no le convendría contratarme si tuviera que pagar mis honorarios !!l saldría perdiendo o a lo sumo quedaría hecha!!
¿ Corresponden intereses? ¿ Desde cuando y a que tasa?
Me tiran alguna idea..
Gracias y saludos