Hola a todos.
Espero puedan ayudarme u orientarme en esto.
Una Sra. vino a verme con el siguiente problema:
el padre estaba jubilado y fallecio, este tenia 4 hijos de los cuales uno es discapacitado., y mi clienta (la hermana del discapacitado) es la curadora definitiva.
Ella inicio en el 2012, la pension derivada por el fallecimiento del padre para que el hermano discapacitado sea el beneficiario, pero desde esa fecha Anses le viene pidiendo un monton de cosas y lo último que le pidio es que presente una autorizacion del juez de la curatela para percibir los haberes devengados y a devengar de la pension.
La clienta ya lo pidió y el juez le otorgó la autorización por un año.
La verdad yo tenia entendido que una vez que tenes la sentencia definitiva de la curatela no necesitas presentar nada mas.
Esto es asi?. Porque sino va a tener que pedir esta autorizacion todos los años?
Espero puedan orientarme en el tema.
Desde ya muchas gracias.
Espero puedan ayudarme u orientarme en esto.
Una Sra. vino a verme con el siguiente problema:
el padre estaba jubilado y fallecio, este tenia 4 hijos de los cuales uno es discapacitado., y mi clienta (la hermana del discapacitado) es la curadora definitiva.
Ella inicio en el 2012, la pension derivada por el fallecimiento del padre para que el hermano discapacitado sea el beneficiario, pero desde esa fecha Anses le viene pidiendo un monton de cosas y lo último que le pidio es que presente una autorizacion del juez de la curatela para percibir los haberes devengados y a devengar de la pension.
La clienta ya lo pidió y el juez le otorgó la autorización por un año.
La verdad yo tenia entendido que una vez que tenes la sentencia definitiva de la curatela no necesitas presentar nada mas.
Esto es asi?. Porque sino va a tener que pedir esta autorizacion todos los años?
Espero puedan orientarme en el tema.
Desde ya muchas gracias.