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 #1035819  por drcar
 
El dia 5 me comuniqué con mediadora por tema personal, me dijo que las cd saldrían al día siguiente. Habia que notificar al requerido en dos direcciones. En el día de la fecha el requerido me dice que no recibió nada. Llamé a la mediadora y le pedí que me informe cuándo salieron las CDs y si se notificaron, puesto que eta persona debe ser notificada 5 días antes de la aud que se realizará el 23. Me respondió que una de las cd esta pendiente en el correo y la otra dio como resultado desconocido, según ella no conocen ahí al requerido.
Mi duda es la siguiente, no salen del correo las cds juntas? según ella mas mandó hace 8 días, luego cuando le mencioné que me dijo que saldrían el día 6/5 me dijo que creía que sí, que las había enviado en esa fecha.

Realmente no me parece serio, dice que no maneja los tiempos del correo y es obvio, pero una cd no puede tardar tanto!

Qué me recomiendan? me da mala espina todo esto.
 #1035893  por Santina87
 
La mediadora tiene obligación de citar con suficiente anticipación la fecha de la audiencia.
A mi me pasó que, por insuficiente la dirección..., la cd no llegó nunca, ni tampoco la mediadora me avisó de tal impedimento, como resultado de ello uno de los requeridos no fue notificado.-En el acta de cierre.. no lo hizo figurar como notificado, nisiquiera lo mencionó. .. :(
Tampoco se interesó anticipadamente, de qué tema trataría la mediación, por lo menos para estudiar mínimamente el tema y aportar algún concepto al respecto.

No sé si le pedís el N° de envío de la Carta Documento te lo brindará, así lo podés chequear por la página web del Correo..
Suerte! *suerte*
 #1036010  por drcar
 
Santina87 escribió:La mediadora tiene obligación de citar con suficiente anticipación la fecha de la audiencia.
A mi me pasó que, por insuficiente la dirección..., la cd no llegó nunca, ni tampoco la mediadora me avisó de tal impedimento, como resultado de ello uno de los requeridos no fue notificado.-En el acta de cierre.. no lo hizo figurar como notificado, nisiquiera lo mencionó. .. :(
Tampoco se interesó anticipadamente, de qué tema trataría la mediación, por lo menos para estudiar mínimamente el tema y aportar algún concepto al respecto.

No sé si le pedís el N° de envío de la Carta Documento te lo brindará, así lo podés chequear por la página web del Correo..
Suerte! *suerte*
Hola Santina, me acaba de pasar los números, ya qu debía citar a esta persona en dos dos lugares. Lo que no me dio, ni mostró son las CD que envió. Sé que peco de desconfiada, pero si me pasó dos nº cualquiera? Corresponde que el pida las copias de las CD que mandó? Suele hacerse asi? al menos para ver qué escribió, no para retenerlas.

Además si la audiencia es el viernes, esta persona no se notificó, cómo sigue? debo presentarme para firmar el acta o se lo vuelve a citar?

Es mi primer gran caso de derecho privado, encima es personal, nunca fui a una mediación así que imaginate cómo estoy!
 #1036022  por drcar
 
La mediadora dice que si quiero ir directo a juicio el día de la audiencia que vaya a firmar el acta. Esto es así? me parece que no ya que en uno de los domicilios no recibieron la CD por "desconocido" y en el otro "el domicilio estaba cerrado" Es decir, el requerido no se notificó, lo cual puede alegar posteriormente si inicio juicio... Qué me recomiendan?
 #1036061  por Santina87
 
Si las partes fueron notificadas fehacientemente, y no concurren a la audiencia, vos podés pedir una nueva.. ahora no sé si es factible (luego de averiguaciones que vos hagas ahora...) modificar el domicilio dónde notificar...eso consúltalo bien.
A mi me pasó que uno de los requeridos no fue notificado (x deficiente la dirección), la mediadora ni me avisó, inicié demanda, y el juez no me pidió que se celebrara mediación con respecto a este requerido, igualmente accioné contra él y los demás.

Cuando el requirente decide no pedir una nueva audiencia, se labra el acta de cierre y estás facultado para iniciar la acción judicial.
Celebrada el acta de cierre, tenés 2 meses para iniciar la demanda, pasado ese término la mediadora puede reclamarte los honorarios a vos como parte actora, si iniciás la demanda.. se los reclamará a los demandados, es conveniente que le avises que iniciaste la demanda, porque muchas veces el juzgado no la notifica..

Suerte, y anda avisando, así aprendemos entre todos.
 #1036075  por drcar
 
Santina87 escribió:Si las partes fueron notificadas fehacientemente, y no concurren a la audiencia, vos podés pedir una nueva.. ahora no sé si es factible (luego de averiguaciones que vos hagas ahora...) modificar el domicilio dónde notificar...eso consúltalo bien.
A mi me pasó que uno de los requeridos no fue notificado (x deficiente la dirección), la mediadora ni me avisó, inicié demanda, y el juez no me pidió que se celebrara mediación con respecto a este requerido, igualmente accioné contra él y los demás.

Cuando el requirente decide no pedir una nueva audiencia, se labra el acta de cierre y estás facultado para iniciar la acción judicial.
Celebrada el acta de cierre, tenés 2 meses para iniciar la demanda, pasado ese término la mediadora puede reclamarte los honorarios a vos como parte actora, si iniciás la demanda.. se los reclamará a los demandados, es conveniente que le avises que iniciaste la demanda, porque muchas veces el juzgado no la notifica..

Suerte, y anda avisando, así aprendemos entre todos.
Gracias Santina, te comento más o menos como es el tema así me pueden orientar. El requerido tiene un local en el que hizo modificaciones sin avisarnos a nosotros (copropietarios) y lo dio en alquiler. No vive ahí, pero si los inquilinos que explotan el local. Evidentemente fue el cartero y dijeron que no conocian requerido o algo asi (supongo to). Por otra parte tambien mande CD a otra direccion en la que atiende un negocio de su propiedad. Resultado: desconocido (mandó a decir que no lo conocen ahí. Me puse a investigar por cuit on line y salta una direccion en la que aparentemente funciona una empresa y vive ahí. A esta última no envié cd puesto que el dato lo descubrí despues. Me conviene hacer un ultimo intento y notificar ahí o cerrar el acta e ir a juicio. El tipo puede alegar que no tuvo conocimiento de la mediacion ya que en ninguno de esos lugares vive. Y en verdad no se notifico, es un tranfuga.
 #1036076  por drcar
 
Me conviene hacer un ultimo intento y notificar ahí o cerrar el acta e ir a juicio? (es una pregunta, me faltó el signo de interrogación)