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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1036179  por karakola
 
Hola, La cuestión que planteo es la de un trabajador de un Ayuntamiento que realiza labores de policía municipal desde 1994, con uniforme y placa, pero que en nómina tiene reflejada la categoría de oficial de 1ª y cobra como oficial.

Como policía se le puso a “dedo”, es decir, no hubo nombramiento como funcionario, tampoco en el pueblo se interpusieron reclamaciones, es decir, la plaza está consolidada; la pregunta es si por la Disposición Transitoria Segunda del Estatuto del EP, sobre Personal Laboral fijo que desempeña funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario, puede reclamar que le asignen en nómina el salario que le correspondería como Policía Municipal (C1) o por lo menos negociar una subida salarial equiparable.

Muchas gracias.