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  • ALIMENTANTE CON DEFENSORIA, YO X LA ACTORA ME REGULAN?

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 #1037842  por analia1985
 
Estimados colegas, tengo una duda; en un alimentos de Pcia, voy por la actora, el demandado se presentó con abogado de defensoria, pregunta: puedo pedir que la regulacion de honorarios la pague el almientante??? Se entiende?? Está bien que solicite costas al alimentante a pesar que el se presentó con abogado gratuito por no tener los medios para pagarse uno particular??? Muchas gracias por su opinion desde ya!
 #1039804  por DRA. MACA
 
analia1985 escribió:Estimados colegas, tengo una duda; en un alimentos de Pcia, voy por la actora, el demandado se presentó con abogado de defensoria, pregunta: puedo pedir que la regulacion de honorarios la pague el almientante??? Se entiende?? Está bien que solicite costas al alimentante a pesar que el se presentó con abogado gratuito por no tener los medios para pagarse uno particular??? Muchas gracias por su opinion desde ya!
Si estás en etapa previa, las costas son por su orden, si va a salir sentencia son a la vencida.
 #1042025  por analia1985
 
Muchas gracias colegas por sus respuestas. Finalmente sucesó esto: el demandado realmente no tenia un peso para pagar honorarios, por lo que presete conformidad para la concesión del BLSG. En la sentencia me regularon honorarios pero al concedersele el BLSG no debe abonarmelos. Pregunta tonta: que pasa con mis aportes?? Para futuros casos, puedo oponerme a que se le conceda el BLSG al demandado? Amen que el Juzgado vaya a otrogarselo por considerarll pertinente. Se entiende lo que pregunto? Muchas gracias.
 #1042091  por flux
 
Si la caja te intima le contestas que no podes pagarlos porque no percibiste el cobro de honorarios debido a que tiene BLSG

Fuera de eso, para futuros casos donde el demandado aparezca con BLSG, si, podes oponerte, te tienen que citar al BLSG y podes controlar la prueba

Inclusive se puede pelear que la concesion del BLSG no te impide trabar cautelares, porque que no lo puedas ejecutar actualmente no significa que no puedas tomar las medidas necesarias para garantizar el credito a futuro si mejorase fortuna

Aparte de todo, yo diria que si algo asi te vuelve a pasar cites a tu cliente y le digas "tu demandado se hace el pobre, si le dan eso nadie cobra, si nadie cobra yo gratis no trabajo, o solventas vos el juicio, o lo tengo que dejar"