Hola, tengo un demandado que se le venció el plazo para contestar demanda y se ordeno trabar embargo sobre su cuenta bancaria. Luego de ello, el demandado se presentó en el expte.
Ya se que el Artículo 62 LCT dice:
"Medidas cautelares — Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Procesal Civil y Comercial, se podrá decretar, a petición de parte, embargo preventivo sobre los bienes del deudor: ... b) En caso de falta de contestación de la demanda."
Pero de todas formas, necesito levantar el embargo!!! como hago???
Ya se que el Artículo 62 LCT dice:
"Medidas cautelares — Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Procesal Civil y Comercial, se podrá decretar, a petición de parte, embargo preventivo sobre los bienes del deudor: ... b) En caso de falta de contestación de la demanda."
Pero de todas formas, necesito levantar el embargo!!! como hago???