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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1038499  por Angeles28
 
Colegas

Si yo no entiendo mal la nueva ley de servicio doméstico y, por ende, la obligación de registrar al personal se aplica a las relaciones de trabajo ya existentes y sin mínimo de horas, como sí hacía el viejo decreto.
Ello así, a mi cliente acaba de llegarle una intimación a registrar. LA empleada iba una vez x semana, 4 horas. Según la nueva ley debería estar registrada, no es así??
Sólo me queda negar la relación laboral?? Porque si no estoy errada, ya no podemos excusarnos como antes alegando que las horas que trabajaba no obligaban a la registración.
 #1038516  por Angeles28
 
Es que tengo el telegrama para contestar y el colega no me quiso contactar.
Me parece que perjudico a mi cliente diciendo que trabajaba 4 horas.
 #1038520  por Angeles28
 
No me queda otra que negar.
salvo que a alguien se le ocurra algo.
A mi no me gusta tener que negarlo pero tendría que haberla registrado según este nuevo régimen. O me equivoco?
 #1038599  por TORDO
 
sin duda si tu clienta no piensa registrar a su empleada o esta ya no labora mas, la unica alternativa es negar la relación laboral.- Ya habra tiempo para negociar.- suerte