Colegas
Si yo no entiendo mal la nueva ley de servicio doméstico y, por ende, la obligación de registrar al personal se aplica a las relaciones de trabajo ya existentes y sin mínimo de horas, como sí hacía el viejo decreto.
Ello así, a mi cliente acaba de llegarle una intimación a registrar. LA empleada iba una vez x semana, 4 horas. Según la nueva ley debería estar registrada, no es así??
Sólo me queda negar la relación laboral?? Porque si no estoy errada, ya no podemos excusarnos como antes alegando que las horas que trabajaba no obligaban a la registración.
Si yo no entiendo mal la nueva ley de servicio doméstico y, por ende, la obligación de registrar al personal se aplica a las relaciones de trabajo ya existentes y sin mínimo de horas, como sí hacía el viejo decreto.
Ello así, a mi cliente acaba de llegarle una intimación a registrar. LA empleada iba una vez x semana, 4 horas. Según la nueva ley debería estar registrada, no es así??
Sólo me queda negar la relación laboral?? Porque si no estoy errada, ya no podemos excusarnos como antes alegando que las horas que trabajaba no obligaban a la registración.