No encuentro nada en el foro al respecto, así que van mis preguntas:
1. presenté una pericia médica particular junto a una demanda por accidente laboral y la ART desconoce la misma. Obviamente el juez no se ha pronunciado al respecto, pero que tipo de prueba puedo ofrecer (me vence el lunes el plazo para ofrecer/ampliar) para darle certeza al juez de que la pericia es válida y realizada por un médico matriculado?
2. Por otro lado, si yo presenté pericia médica es necesario realizar peritaje??? que se le dice al juez en este caso?
3. denuncié dos hechos en la misma demanda (fueron dos accidentes) y la aseguradora desconoce el 2°, a pesar de haber estado seis meses de licencia y luego por orden de la SRT debieron reingresarlo por seis meses mas (le acaban de dar el alta, la demanda la inicié antes de que la ART termine con sus papeleos)... pido oficio de informe a la SRT? Mi cliente no encuentra todos las carta documento recibidas puffffff. Está bien con eso?
Ademas pensaba intimar a la demandada para que presente la doc en su poder (historia clínica) bajo apercib del 388 cpccn, las ART tienen la historia clínica, no?
Gracias!
1. presenté una pericia médica particular junto a una demanda por accidente laboral y la ART desconoce la misma. Obviamente el juez no se ha pronunciado al respecto, pero que tipo de prueba puedo ofrecer (me vence el lunes el plazo para ofrecer/ampliar) para darle certeza al juez de que la pericia es válida y realizada por un médico matriculado?
2. Por otro lado, si yo presenté pericia médica es necesario realizar peritaje??? que se le dice al juez en este caso?
3. denuncié dos hechos en la misma demanda (fueron dos accidentes) y la aseguradora desconoce el 2°, a pesar de haber estado seis meses de licencia y luego por orden de la SRT debieron reingresarlo por seis meses mas (le acaban de dar el alta, la demanda la inicié antes de que la ART termine con sus papeleos)... pido oficio de informe a la SRT? Mi cliente no encuentra todos las carta documento recibidas puffffff. Está bien con eso?
Ademas pensaba intimar a la demandada para que presente la doc en su poder (historia clínica) bajo apercib del 388 cpccn, las ART tienen la historia clínica, no?
Gracias!