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  • el Seclo y los menores, alguien sabe?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1042736  por ipa
 
Buenas a todos, mi primer tema!
Tengo una clienta que perdio a su marido en un acc de trabajo. Inicie seclo con un poder laboral, que dice por si y en repres. de sus hijos menores de edad tal y tal ( 12 y 14 años, aclaro). Fuimos a hacerlo con las partidas correspondientes.
El tema es que tuve audiencias seclo y el conciliador me dice que como hay menores no se puede hacer un acuerdo, y me cita el art. 2 de la ley 24365. Yo leo que el mismo dice exceptuados de la obligacion pero no dice excluidos, pero me dice que es asi, que el ya tenia experiencia, etc etc.
Despues pense... que loco no??? porque ademas aca esta la madre, que tiene la patria potestad!!! Entonces se lo digo, pero me dice que no, que es asi, que el estaba seguro, etc etc. Agrega que tendriamos que hacer una presentacion judicial conjunta si llegamos a un acuerdo, para que se de intervencion al Ministerio de menores, y hasta se ofrece a que nos podamos reunir en sus oficinas para alcanzar esa posibilidad.
La verdad que era un tema que desconocia, y como la ART se mantuvo firme en su postura de no ofrecer mas alla de lo que establece la LRT y la fabrica ni mu, y el conciliador viejito buena onda me decia que sabia... deje que se cerrara de tal modo el seclo y nos vemos en tribunales.
Por eso no me mantuve firme en mi postura, entonces el conciliador entonces hizo un acta donde dice que como mi cliente tiene dos hijos menores, esta comprendida en esa excepcion y se dan por finalizadas estas actuaciones. Ni chicha ni limonada me parece, porque no cerro la conciliacion por fata de acuerdo, ni dijo que se declaraba incompetente.
Pero volvi al estudio y lei varias cosas, entera la ley 24635 y algunas resoluciones del Ministerio de Trab, y no encontre nada, nada que impida que se haga un acuerdo en casos como este!!!!!!!
Ahora no se si existe alguna otra norma que desconozca, o si en la practica el seclo procede asi y yo no lo se.
Asi queda planteado el tema, Salud!

IPA