Buenas a todos, quisiera pedirles por favor una opinión, y me digan si voy bien orientado. Tengo poca experiencia y es la primer vez que tengo que ejecutar sentencia. El caso es que cerré un acuerdo laboral en una audiencia de vista de causa ante un tribunal de provincia de bs as, que se homologó ese mismo día. Se acordó que pagarían en 5 cuotas. El empleador solo pagó una y en la fecha que se le antojó, y de las otras 2 vencidas aun siguen sin depositarse.
Ya intenté hablando con el abogado de la otra parte que depositen, pero no hay caso. Tengo que iniciar la ejecución y ahí viene mi problema porque creo que tengo la teoría pero no la practica.
Hasta donde sabe mi cliente, el demandado no tiene nada a su nombre, ni cuentas, ni propiedades, ni autos, etc
Pensaba de todos modos denunciar el incumplimiento, y en el mismo escrito practicar liquidación aplicando el interés del 0.10 % diario que fijó el tribunal, solicitar el del art.275 LCT... y a su vez, iba a pedir que se ordene el embargo preventivo sobre las cuentas bancarias, inmuebles y automoviles que pudiera tener el demandado, pidiendo para eso que se oficie al BCRA, Reg. de prop inmueble de la pcia de Bs As y a la DNRPA para ver si existe alguno...
Mi pregunta es: voy bien encaminado? Se me está escapando algo?
Puedo pedir en el mismo escrito de denuncia de incumplimiento e inicio de ejecución que, en caso que las respuestas a los informes sean negativas y no existan sumas o bienes registrales a embargar se haga lugar a un embargo domiciliario, o no es posible?
Por otra parte, me queda la duda sobre si la liquidación se hace en el mismo escrito de ejecución o va en alguna planilla? porque leyendo vi que se mencionaba algo de una planilla y no sé si corresponde y en ese caso que formato tiene, o de donde puedo bajarla....
Desde ya agradezco cualquier aporte o sugerencia! Saludos
Ya intenté hablando con el abogado de la otra parte que depositen, pero no hay caso. Tengo que iniciar la ejecución y ahí viene mi problema porque creo que tengo la teoría pero no la practica.
Hasta donde sabe mi cliente, el demandado no tiene nada a su nombre, ni cuentas, ni propiedades, ni autos, etc
Pensaba de todos modos denunciar el incumplimiento, y en el mismo escrito practicar liquidación aplicando el interés del 0.10 % diario que fijó el tribunal, solicitar el del art.275 LCT... y a su vez, iba a pedir que se ordene el embargo preventivo sobre las cuentas bancarias, inmuebles y automoviles que pudiera tener el demandado, pidiendo para eso que se oficie al BCRA, Reg. de prop inmueble de la pcia de Bs As y a la DNRPA para ver si existe alguno...
Mi pregunta es: voy bien encaminado? Se me está escapando algo?
Puedo pedir en el mismo escrito de denuncia de incumplimiento e inicio de ejecución que, en caso que las respuestas a los informes sean negativas y no existan sumas o bienes registrales a embargar se haga lugar a un embargo domiciliario, o no es posible?
Por otra parte, me queda la duda sobre si la liquidación se hace en el mismo escrito de ejecución o va en alguna planilla? porque leyendo vi que se mencionaba algo de una planilla y no sé si corresponde y en ese caso que formato tiene, o de donde puedo bajarla....
Desde ya agradezco cualquier aporte o sugerencia! Saludos