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  • Canon Locativo en sucesion

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 #110006  por Paulinia
 
Se puede pedir la fijacion de un canon locativo a una heredera (hija del causante) q esta en posesion del inmuble???
No hay declaratoria todavia
Hay alguna ley que lo contemple?? Porq en la demanda no fundan el derecho...
Que defensas tengo (ademas del pago de impuestos, reparaciones y mantenimiento de la casa)

Muchas gracias al que me puede ayudar!!!

 #110133  por Charlie
 
No se necesita que exista ley específica sobre el punto. El Código Civil establece que el uso y goce de las cosas comunes pertenece por igual a todos los comuneros; y estas normas sobre el condominio son aplicables a la indivisión hereditaria.

Por lo tanto, la privación de uso que algun heredero sufre porque otro se encuentra utilizando la cosa común, puede serle compensada en dinero.

Hay que tener en cuenta que, según la jurisprudencia mayoritaria, el canon locativo solo podrá fijarse desde el momento en que los herederos se opusieron al uso exclusivo por parte del coheredero demandado (demanda, o notificación fehaciente).

Por el tiempo anterior, en el cual los restantes coherederos guardaron silencio, se interpreta que existe consentimiento tácito en una ocupación gratuita (Borda, Goyena Copello, Zannoni, y jurisprudencia unánime).

Aquí dejo algún fallo sobre el tema:

Condominio - Régimen legal

La procedencia del reclamo por pago del porcentual del valor locativo correspondiente al condómino no ocupante no tiene su fecha de arranque en el momento del inicio de la ocupación unilateral, sino a partir del instante en que el no ocupante exterioriza su voluntad de no tolerar el uso exclusivo de su copropietario en forma gratuita, interpelándolo a pagarle un cánon compensatorio proporcional a su parte (arts. 2680, 2684, 2691, 2702, 2707 y ccdtes. del Cód. Civil). Esa conclusión, cuyo alcance admite proyección al ámbito de la indivisión hereditaria, conlleva reconocer a la demandada ocupante como única beneficiaria de los frutos devengados hasta la fecha señalada, sin que por tanto esté obligada a rendir cuentas de ellos.
CCI Art. 2684 ; CCI Art. 2691 ; CCI Art. 2702 ; CCI Art. 2707
CC0002 SM 47351 RSD-107-4 S 13-4-2004 , Juez OCCHIUZZI (SD)



CARATULA: Oberto, Teresa Emilia c/ Oberto, Dolores s/ Incidente de rendición de cuentas
MAG. VOTANTES: Occhiuzzi-Scarpati-Mares


Saludos.

 #110271  por Paulinia
 
Gracias Charlie x tu Respuesta!!!

Pero yo estoy por la que le piden al canon, que moralmente no corresponde porque la casa la compro ella y es donde vive, pero como era mas joven la puso a nombre del padre.

Ya se que mucho no puede hacer porq la ley es clara.

Pero al menos q no le pidan un canon por su propia casa!!

La declaratoria no está, no sirve de nada eso???

Y los 21 años años q pasaron de la muerte del causante y sin partición???

Los q reclaman son los nietos del causante.

 #110272  por Sailaw
 
21 años?. ya prescribio la acción para pedir la partición de la herencia por parte de los otros herederos, (art. 4020 CC), no pueden pedirla, y si el coheredero que la ha poseido la puede solicitar a su nombre.

 #110276  por Paulinia
 
Gracias Sailaw por tu respuesta!

Son 20 años de la muerte del causante no?

El problema es probar la posesión, ya que tengo algun testigo pero no de los 21 años (otros ya murieron) y reparaciones y pago de impuestos ( pero no encuentra los recibos (es una mujer mayor, 80 años)

 #110279  por Sailaw
 
Y que domicilio tiene registrado en los documentos esta mujer?, y los servicios a nombre de quien estan?........ desde cuando?, amén de las facturas por reparaciones, etc.

 #110282  por Paulinia
 
No tiene el domicilio ahi sino otro en el cual vivia hace muchos años casada.
Tiene LC,no DNI, es muy mayor. Y los impuestos no estan a su nombre...
Es una lastima porq no tengo muchas pruebas, no encuentra las cosas

 #110290  por Sailaw
 
Los servicios?

 #110291  por Sailaw
 
Pero la principal prueba de la posesión te la estàn dando los herederos, desde cuando dicen que ella està?.

 #110296  por Paulinia
 
Desde el 2005, lo dicen porq deben saber lo de la prescripción.
ES un caso q me tiene preocupada, el lunes tengo q contestar.

Gracias por la rapidez Sailaw!!!

 #110312  por Sailaw
 
Mirá oponé la prescripción a la acción de partición, en base al 4020 CC. ofrecé la prueba que tenes, y fijate a ver lo que pasa, otra no te queda.

Conseguite testigos!!!!!!!!!!!
 #800093  por petaloazul
 
Hola, yo tengo un caso donde debo iniciar un incidente de canon locativo a una heredera que esta habitando el unico bien del acervo hereditario, el tema es que ya le mandamos cartas documentos intimandola y no recibio ninguna y tampoco fue al correo a buscarlas, pregunta: para iniciar el incidente tiene que haber recibdo fehacientemente la carta o basta con que se haya enviadado y dejado el aviso x el cartero??? Es una pregunta tonta pero la verdad es que no seeeeeeeeeee jajaja. AGradeceria me ayuden.
Saludos
 #1155163  por norabeatrice123
 
Hola viendo la consulta de la colega , yo tambien pregunto , el hermano de mi cliente no recibio la carta documento donde se le intimaba a abonar un canon locativo con un importe de pago ,manifestando que se iniciarian acciones judiciales ante el juzgado actuante de la sucesion de su madre, puedo iniciar igual el canon locativo y la ultima consulta, mi cliente le cedio su porcentual a su otro hermano , unicos dos , en la sucesion de su padre , pero luego yo inicie como abogada la sucesion de la madre y ya tengo declaratoria de herederos aunque no esta inscripta gracias a quien pueda aclararme.