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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1042927  por Mary
 
Hola! Les pregunto: Tengo dos clientes uno mayor de edad el otro con 17 años de edad, trabajaron en negro para una obra, el tema es que respecto del menor ya mandé los TCL y es trabajo prohibido por lo que entiendo de la lectura del 190 LCT atento a que labraba 8 hs diarias y no debía. Con respecto al menor veo dificil. Puedo hacer un acuerdo, aunque hablé com el empleador y me niega al menor y no quiere arreglar respecto de éste. Trabajaron menos de 6 meses. Da para juicio? Cómo lo encararía n al juicio?. A todo esto me es muy dificil notificar y me han recahzado TCL y otros me surge dirección inexistente. Les agradezco sus opiniones.
Saludos
mary
 #1042933  por Herno
 
Las prohibiciones de la LCT están siempre dirigidas al empleador, no al trabajador, asique no veo obstáculo a su acción.
Saludos
 #1042953  por MORGAN
 
como quedaste con el intercambio de telegramas?, lo del menor se encara como si fuera un mayor.
 #1043072  por Mary
 
Hola! Genial, lo encaré como mayor, solamente viendo leyes de protección al trabajo de menores, igualmente a partir de los 16 segíun LCT no habría problema. Con el intercambio maso, no me reciben en la obra, en una de las oficinas, ahora estan averiguandome los clientes otros domicilios. El informe del correo me dice domicilio inexistente. gracias!
 #1043151  por adessoma
 
Mary: Dos comentarios:
1°) El hecho de que tu cliente tenga 17 años hace que sea prohibido la jornada de trabajo en exceso, y no el vínculo laboral en s+i.
2°) Te sugiero que consideres oficiar al IERIC (no es necesario que el oficio sea ordenado en un expediente) a fin de que informe el último domicilio registrado del empleador. Deberías ver el art. 3° de la Res. 10/99 del IERIC. En un juicio mío -mientras oficié a la IGJ- pedí traslado al domicilio que tiene las constructoras en el IERIC y ambas se tuvieron por notificadas.
Saludos.