Colegas tengo una duda. Mi clienta anotó a su hijo como madre soltera, ya que no estaba casada con el padre y tampoco conviviendo. Pero la anotó 35 días después del nacimiento. Para esto el padre ya había iniciado los trámites para la filiación. Fuimos a mediación donde no arreglamos y luego el presentó la demanda de filiación. Después de eso, mi clienta anotó al bebé con apellido materno solamente. Está incurriendo en un delito penal? Yo soy abogado de familia y se que lo puede anotar como madre soltera cuando el padre no se quiere hacer cargo, pero en este caso el padre si quiere. Gracias!
La señora debe anotarlo con su nombre porque ella es la madre. No hay ninguna ilicitud en esto.
Respecto al padre, creo que no es un caso de filiación sino de reconocimiento. Nomalmente los juzgados ante una presentación así del padre le ordenan que concurra directamente al Registro Civil. No es un caso judicial.