Buenas Colegas...
No sé si un domingo encontraré a alguien disponible en el foro... El tema es el siguiente
Mi cliente es descubierto robando mercadería de su lugar de trabajo.
El tenía la llave de la fábrica, debía ingresar a las seis pero lo descubren a las cuatro de la mañana, cargando mercadería en una camioneta. Cuando lo descubren el tipo se disculpa, dice que es la primera vez que lo hace y devuelve la mercadería... pero igualmente le hacen la denuncia y lo hacen renunciar
En la denuncia dice que se llevó la mercadería.
Cuando tuvo que presentarse por el art. 308 se abstuvo de declarar.
Se hace la requisitoria de elevación a juicio y se pide que se le de trámite de juicio abreviado estimando procedente la pena de un año y medio en suspenso y costas.
Se lo caratuló como: DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN INFIEL
Yo no soy penalista, pero me parece que el delito encuadra más en una "tentativa de robo.."
porque era un simple cocinero, no era socio, ni participaba de las ganancias... Por lo que tengo entendido el tipo penal de "administración infiel" requeriría que su responsabilidad en la empresa fuera mayor...
Puedo entonces pedir el sobreseimiento por el art. 323 inc 3?
Espero respuestas, la verdad es que no sé cómo encararlo.
Saludos
No sé si un domingo encontraré a alguien disponible en el foro... El tema es el siguiente
Mi cliente es descubierto robando mercadería de su lugar de trabajo.
El tenía la llave de la fábrica, debía ingresar a las seis pero lo descubren a las cuatro de la mañana, cargando mercadería en una camioneta. Cuando lo descubren el tipo se disculpa, dice que es la primera vez que lo hace y devuelve la mercadería... pero igualmente le hacen la denuncia y lo hacen renunciar
En la denuncia dice que se llevó la mercadería.
Cuando tuvo que presentarse por el art. 308 se abstuvo de declarar.
Se hace la requisitoria de elevación a juicio y se pide que se le de trámite de juicio abreviado estimando procedente la pena de un año y medio en suspenso y costas.
Se lo caratuló como: DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN INFIEL
Yo no soy penalista, pero me parece que el delito encuadra más en una "tentativa de robo.."
porque era un simple cocinero, no era socio, ni participaba de las ganancias... Por lo que tengo entendido el tipo penal de "administración infiel" requeriría que su responsabilidad en la empresa fuera mayor...
Puedo entonces pedir el sobreseimiento por el art. 323 inc 3?
Espero respuestas, la verdad es que no sé cómo encararlo.
Saludos