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  • sobresieimiento 323 inc 3

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 #1043796  por inesca
 
Buenas Colegas...
No sé si un domingo encontraré a alguien disponible en el foro... El tema es el siguiente

Mi cliente es descubierto robando mercadería de su lugar de trabajo.
El tenía la llave de la fábrica, debía ingresar a las seis pero lo descubren a las cuatro de la mañana, cargando mercadería en una camioneta. Cuando lo descubren el tipo se disculpa, dice que es la primera vez que lo hace y devuelve la mercadería... pero igualmente le hacen la denuncia y lo hacen renunciar
En la denuncia dice que se llevó la mercadería.
Cuando tuvo que presentarse por el art. 308 se abstuvo de declarar.
Se hace la requisitoria de elevación a juicio y se pide que se le de trámite de juicio abreviado estimando procedente la pena de un año y medio en suspenso y costas.

Se lo caratuló como: DEFRAUDACIÓN POR ADMINISTRACIÓN INFIEL
Yo no soy penalista, pero me parece que el delito encuadra más en una "tentativa de robo.."
porque era un simple cocinero, no era socio, ni participaba de las ganancias... Por lo que tengo entendido el tipo penal de "administración infiel" requeriría que su responsabilidad en la empresa fuera mayor...
Puedo entonces pedir el sobreseimiento por el art. 323 inc 3?
Espero respuestas, la verdad es que no sé cómo encararlo.
Saludos
 #1043833  por feragus
 
Siga el excelente consejo que le dio el Maestro tiempodevenganza.

Tenga en cuenta que el sobreseimiento no corresponde porque no se declara respecto a calificaciones legales, sino en relación a hechos. Es decir, no se puede pedir un sobreseimiento expresando que no es administración infiel porque en realidad se trata de un robo o, como bien dice el maestro, de una tentativa de hurto. El sobreseimiento se puede solicitar porque el hecho no existió; porque no encuadra en una figura legal; porque el imputado no lo cometió, por extinción de la acción penal o por inimputabilidad o inculpabilidad.
 #1043881  por inesca
 
gracias por sus respuestas, como les decía, no soy penalista... me metí a hacer este trabajo porque supuestamente lo iba a hacer bajo la supervisión de un colega. La cuestión es que ya no cuento con él y realmente no tengo idea de cómo menejarme en esta rama del derecho...
Gracias!!
 #1043927  por inesca
 
Otra cosa, (y disculpen mi terrible ignorancia, me da vergüenza no saber estas cosas) estoy a tiempo todavía de pedir la suspensión del juicio a prueba??
Espero su respuesta urgente.
Tengo que contestar el auto de elevación a juicio... y tengo que presentarlo mañana!!!