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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1044198  por natajus
 
Hola Colegas! estoy algo perdida con esto de la ejecución de honorarios.
Me regularon honorarios en Fuero Familia Pcia. De Bs As. los notifique y no me pagaron, entonces quiero ejecutarlos, ahora mi consulta es; me conviene ejecutarlo mediante incidente separado o por ejecucion se sentencia? uds que opinan? y quien es competente, el juez de familia o el Juez civil?
Agradezco su opinion!!!!!!!
 #1044310  por profesional
 
yo inicio ejecucion de honorarios via incidente en el mismo juzgado que tramito la causa donde se regularon
Acordato que debés acompañar copia de la cedula debidamente notificada, de la sentencia que te los regula
el juez te va a ordenar librar mandamiento de pago y embargo
 #1044748  por NORMA
 
Natajus:Yo lo inicio como incidente de ejecución de honorarios.Solicito 1ro sacar fotocopias de la sentencia (donde está la regulación de honorarios ) y de la cédula de notificación .Luego que tengo las fotocopias,las presento para que sean certificadas y finalmente inicio la demanda;en la solicitud de trámite,en la parte de observaciones,coloco con que expte está relacionado asi va a parar al mismo juzgado donde tramitó el proceso principal.
 #1045174  por natajus
 
Colegas muchisimas gracias por su respuesta!!!! voy por el incidente entonces y les comento como me fue!!!!!!!! muchisimas gracias nuevamente!!!!
 #1045857  por eugenia0404
 
hola....quisiera saber si alguien puede ayudarme con lo siguiente: en el incidente de ejecución tengo que notificar al demandado a su domicilio real? o al constituído?... yo la regulacion de honorarios se la notifique al constituído... gracias y espero pronta respuesta!!!!!
 #1045864  por NORMA
 
Tenes que notificar al domicilio real,la notificación de la ejecución de honorarios(mandamiento)
 #1145598  por fernandez rocio
 
hola colegas una consulta tengo para iniciar una ejecución de honorarios tengo dos dudas:
1) es un expediente de alimentos lo notifique de la homologación al constituido, pero en esa homologación estaban regulados en" Ius" los honorarios de alimentos por que solicite la regulación y me regularon alrederor de $5.000. pregunto entiendo que tengo que volver a notificar la regulación de los $5.000. es asi?
2) y la segunda pregunta se lo puede notificar al trabajo ? ya que en su dni figura domicilio de matanza , pero vive en zona sur
gracias
 #1145607  por NORMA
 
fernandez rocio escribió:hola colegas una consulta tengo para iniciar una ejecución de honorarios tengo dos dudas:
Hola Rocio !
1) es un expediente de alimentos lo notifique de la homologación al constituido, pero en esa homologación estaban regulados en" Ius" los honorarios de alimentos por que solicite la regulación y me regularon alrederor de $5.000. pregunto entiendo que tengo que volver a notificar la regulación de los $5.000. es asi?
Si ya notificaste la homologación y los IUS ,ya es suficiente !...ah,perdón;además le transcribiste el art. 54?! si hiciste todo esto...ya está!!!La conversión que se haga al momento del efectivo pago.
2) y la segunda pregunta se lo puede notificar al trabajo ? ya que en su dni figura domicilio de matanza , pero vive en zona sur
gracias
El demandado es tu cliente ? porque si lo es,tenés que notificarlo al real y si no lo es;notifica al contituido y se acabó el problema. *flor*
 #1145686  por NORMA
 
Si, notificalo al constituido y no te olvides del artículo. 54! Saluditos
 #1200098  por guido28
 
Hola, una consulta, la notificación al que debe pagar los honorarios, debe estar indefectiblemente firmada por él? en caso que se concurra al domicilio y no se lo encuentre, y se deje la cedula en el buzon, es valido?