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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1045046  por Alejandra Radua
 
Me consultó una señora que tiene una demanda iniciada, rechazada y apelada por inconstitucionalidad Res 884.
En AFIP en el sicam figura como jubilada, pero en anses se lo dieron de baja para que confeccione uno nuevo.
Puede iniciar la jubilación? Ella puede pagar todo al contado ahora.
El expte judicial se elevó en 02/2014, por lo que hasta el año que viene no va a ser tratado.
 #1045092  por corave55
 
Alejandra, te digo lo que haría en tu lugar.

Reanudaría la parte administrativa, con un nuevo Sicam, pago de ctdo.

Una vez con la resolución de la J.O. en la mano, y el primer cobro de la sra. efectivizado, presentaría en la vía judicial un desestimiento de la acción.

Buen finde, o lo que queda de él.
 #1045248  por fabidoc
 
En casos similares hemos presentado el desestimiento en sede judicial con anterioridad.
El Juez se expide y envía el expte. al juzgado de primera instancia y si el expediente original administrativo se encuentra con el judicial, se solicita que se remita al Anses.Slds