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  • Consulta sobre nudismo en Argentina.. está prohibido o no??

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NUDISMO NATURISTA = EXHIBICIONISMO???

NO
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SI
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43%
NS/NC
No hay votos
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 #110602  por leomartin
 
Les comento que soy ciudadano de la Ciudad de Buenos Aires, de 28 años de edad.

Mi consulta se refiere en cuanto al Nudismo, o mejor expresado, en cuanto al Nudo-Naturismo de carácter Familiar (desde bebés, niños y hasta abuelos).
Para mayor información sobre Nudo-Naturismo, pueden ingresar en los siguientes sites:
www.apanna.org.ar
www.revistanudelot.com.ar
http://www.fcn.ca/ (sitio canadiense)

Quisiera saber si está legalmente prohibido este estilo de vida en nuestro país, o bien, en la Ciudad de Bs. As. El único lugar habilitado oficialmente es Playa Escondida ( http://www.playaescondida.com.ar ), donde van desde bebés hasta abuelos.
Lamentablemente está creciendo el ambiente gay en la única playa nudista de nuestro país, y si bien está todo más que bien con los gays, ya que tengo un amigo que lo es y he hablado con varios más, la playa está perdiendo de a poco su carácter nudo-naturista, ya que los gays van "de levante", y dado que es una playa pública, mientras no ocasionen disturbios, ya sea gritar, escuchar música fuerte, sacar fotos, mantener relaciones sexuales, etc, o sea, prácticas no permitidas en el nudo-naturismo, no se los puede echar, dado que eso sería discriminación, pero esto hace que cada vez concurran menos familias o parejas nudo-naturistas.

Volviendo al tema, si no mal interpreto nuestras leyes, podría tranquilamente, junto a mi familia, estar sentado en el balcón terraza de mi departamento como Dios nos trajo al mundo, simplemente... tomando mate, por ejemplo; o bien, podría estar con la ventana abierta y si el viento levanta las cortinas y alguien me ve desnudo, no debería recibir una denuncia (o al menos quedaría invalidada porque la ley me cubre).

Las fuentes en las que me baso son las siguientes:

En el Código Contravencional de la CABA (Ley 1472), no se prohibe.

En la Constitución Nacional, tampoco.

En el Código Penal Argentino (Ley 25087), tampoco, dado que se menciona "exhibicionismo obsceno" en el Artículo 129 (o bien, Art.10), lo cual no concuerda con el Nudo-Naturismo, debido a que no es "exhibicionismo obsceno" (según la RAE.es, exhibicionismo se entiende por "Perversión consistente en el impulso a mostrar los órganos genitales" y obsceno es un adjetivo que significa, según el mismo organismo, "Impúdico, torpe, ofensivo al pudor"). En el nudo-naturismo, no existe perversión, como habrán leído en los sites que mencioné en el primer párrafo.

Por ejemplo, encontré que en el Código Contravencional de la Provincia de Chubut (Ley 4145), sí se prohíbe, en el Art. 80, el cual expresa: "Practicar el nudismo de manera que pueda ser visto involuntariamente por otro. Pena: arresto de dos (2) a diez (10) días. Sólo se procederá por denuncia."

Por otro lado, les dejo una encuesta.. para ver qué opina la gente del foro.

Muchas gracias!!

 #110686  por Pandilla
 
Hola leomartin, vaya asunto, lo que nos faltaba, Foristas o Nicks que quieren andar en bolainas por el Foro y por el Portal.
Bueno, interpreto que el tal Nudo-Naturisno consiste en estar y andar sólo vestido con las ropas que nos han tejido nuestros genes. ¿ Interpreto bien.... ?, ( ¿ Usted trabaja para alguna multinacional textil ? ).
En cuanto a la Normativa, Usted ya tiene que algo saber, pero igual se lo digo : "Cada maestrito con su librito". De la casí misma manera que a Usted le preocupa la actividad de ciertos gays, a otras personas les puede preocupar su actividad de Nudo-Naturalista o Naturalismo, por ejemplo, caminado por cualesquiera calle de barrio, pasando por la puerta de un jardín de infantes o esperando la Misa sentado entre los parroquianos de la Catedral.
Por otro lado, en el Código Civil de la Nación, se hace reiterada mención a aquel eufemismo de "La Moral y las Buenas Costumbres" que no refieren a la "calidad" o "cualidad" de la cosa, sino que refieren a "la calidad y a la cualidad de la Conducta, a la Forma y al Contenido de esa Conducta". Aunque el Código Penal de la Nación, no hace esa dicha reiterada mención, la da por entendida, sobrentendida, asumida and etcétera. Ahora, ¿ cuándo "existe" o "hay" Moral y Buenas Costumbres ?, ¿ es una mala costumbre de los gays que concurran a una playa Nudo-Naturista no para "estar" sino que lo hagan para "levantar" ?, o sea, existen las Condiciones de Modo, Tiempo y Lugar, y las Circunstancias.
Igual, le digo, a mí me gustaría que todas las mujeres que me gustan anden en genes, las otras pueden andar vestidas.

Saludos.

 #110979  por leomartin
 
Lo que me preocupa, no es tanto que cada año se está llenando cada vez de más gays en la playa.. sino hasta qué punto se puede estar en bolas en lugares públicos, o bien, dentro de mi casa pero que alguien, involuntariamente, pueda verme..

Ejemplos:
-si estoy en un parque, y manteniendo cierta distancia de las personas que pudieran haber, quizás más de 50 mts, me pongo en bolas a tomar sol..
-si estoy a la orilla de un lago, donde el resto de las personas se encuentra a más de 200 mts..
-o bien, si salgo al balcón y los vecinos del edificio que se encuentra frente a mi depto., involuntariamente, en vez de mirar hacia el cielo o hacia la calle, dirigen la vista hacia mi persona..
-o bien, como dije antes, si estoy en mi casa y el viento levanta la cortina y alguien que pasa por la calle mira hacia adentro de mi casa y me ve en bolas..

Si hacen una denuncia en mi contra.. qué podría pasar?

OJO!, siempre hablando de una forma de nudismo naturista, o sea, hacer las actividades como cualquier persona.. la única diferencia es que voy a estar en bolas..

Gracias!
Saludos!

 #111081  por Pandilla
 
Bueno, recuerde aquello del Ambito u Orden Público, y el Ambito Privado. O sea, lo que haga Usted dentro de su casa, de su vivienda o de su propiedad, es de su casí pura incumbencia. Digamos, El Estado ni La Sociedad, le pueden imponer a Usted, por ejemplo, como tiene o debe dormir, o si tiene que dormir en el suelo, en el patio o sobre la heladera. La cuestión un poco pasa por si "la actividad que Usted realiza perjudica o crea algún tipo de perjuicio, a La Sociedad o al Orden Público", o sea, si la actividad realizada por Usted trasciende o transciende hacia los Otros sujetos/as que forman o son parte de la Sociedad y gozan de la cobertura y protección del Estado. También, hay que ver en qué medida puede eso llegar a afectar o no a la Sociedad. Siguiendo su ejemplo, un vecino pasa por delante de su casa, el viento mueve la cortina de una ventana, y ese vecino lo ve a Usted desnudo, a su vez, este vecino "sabe" que Usted tiene hijos menores de edad, ¿ qué pensará su vecino y qué decidirá, a partir de lo que pìense o se represente mentalmente, hacer con eso que piensó ?. O sea, ante determinadas cuestiones, por ejemplo, costumbres, esa división o separación entre el Orden Público y el Privado, casí como que no existe, o se diluye hacia quién sabe dónde, para qué y por qué ?.
Otra cuestión pasa por las circunstancias, por ejemplo, lo que es usual o normal que ocurra o suceda durante las vacaciones de verano en las playas, puede no serlo durante el mismo verano y al mismo tiempo, pero en la ciudad de Buenos Aires; así y todo, es usual y es normal, ver hombres o mujeres asolearse en las plazas de la ciudad con ropa de playa, y casí nadie se ruboriza ni le parece mal, inmoral o fuera de la costumbre; pero ¿ ocurriría lo mismo durante el trascurso del invierno.....?.
En otro Post seguire con los otros ejemplos que Usted dió.

Saludos.

 #111179  por Pandilla
 
En cuanto a los primeros supuestos, le doy unos ejemplos. La cuestión que Usted plantea, tiene mucho parecido con el tema del consumo de drogas o estupefacientes, y, si es lícito o no penar la tenencia para consumo personal. Ahora, ¿ a qué se considera "tenencia" para consumo personal....?, ¿ cuánta "cantidad", "calidad" o "cualidad" de droga o estupefaciente implica "es consumo personal"...?. Una persona tiene 1 kilo de cocaina en sus bolsillos y la ha adquirido para ir consumiendola durante un lapso de tiempo de 1 o 2 años, ¿ eso es consumo personal ?, si es consumo personal, porque sólo ella la va a consumir, si la va a consumir en 1 hora o en 10 años, no tendría relevancia. Entonces, ¿ qué es lo que se penaliza.....?, ¿ la simple y básica tenencia, o la cantidad que se tiene en el momento de anterior a ser o estar detenido.....?. En general, es delito aquello que ya ocurrió o que esta ocurriendo, y no un supuesto que puede o no ocurrir, ( como ser, el contenido de una amenaza a futuro, aunque el delito de amenazar se consuma al momento de amenazar, el contenido de esa acción puede ocurrir o no en el tiempo futuro ). Entonces, digamos, cuando te agarran con 1 kilo de cocaina, no se la considera "cantidad para consumo personal a futuro", pues el delito, en parte, consiste "en lo que se tiene en ese momento", ese es el momento en el cual el delito de realiza, se ejecuta o se consuma.
De ahí, a groso modo, le menciono dos casos de ejemplo :
Caso 1 : detienen a un hombre que estaba adentro de su auto consumiendo un porrito y tenía en sus bolsillos, 1 o 2 porritos más que sumaman un peso de + o - 2 gramos; era de noche, no había otras personas transitando por el lugar, y el auto estaba estacionado en un lugar, digamos, discreto.

Caso 2: detienen a un joven con similares cantidades, pero, cuando lo detienen, estaba fumandose un porrito durante el día, en una plaza pública y sentado cerca de un arenero en el cual había niños menores de edad juagando.

Resultado : ( recuerdo, a groso modo ), en el primer caso, se absolvió a la persona porque se considero que la tenencia era de y para consumo personal, y, a su vez, no había nada que indicara que se había trasgredido a la Moral y a las Buenas Costumbres.
En el segundo caso, se impuso una pena, creo de 2 años o algo así, en suspenso; pues se considero que si había una trasgresión a la Moral y a las Buenas Costumbres.

Digamos, si lo considera conveniente o apropiado, haga la prueba de salir de su casa hacia su trabajo o al almacén, en bolainas y veamos qué ocurre o qué no ocurre.

Saludos.

 #111183  por angelqueguia
 
como le das al teclado!
Pandilla escribió:En cuanto a los primeros supuestos, le doy unos ejemplos. La cuestión que Usted plantea, tiene mucho parecido con el tema del consumo de drogas o estupefacientes, y, si es lícito o no penar la tenencia para consumo personal. Ahora, ¿ a qué se considera "tenencia" para consumo personal....?, ¿ cuánta "cantidad", "calidad" o "cualidad" de droga o estupefaciente implica "es consumo personal"...?. Una persona tiene 1 kilo de cocaina en sus bolsillos y la ha adquirido para ir consumiendola durante un lapso de tiempo de 1 o 2 años, ¿ eso es consumo personal ?, si es consumo personal, porque sólo ella la va a consumir, si la va a consumir en 1 hora o en 10 años, no tendría relevancia. Entonces, ¿ qué es lo que se penaliza.....?, ¿ la simple y básica tenencia, o la cantidad que se tiene en el momento de anterior a ser o estar detenido.....?. En general, es delito aquello que ya ocurrió o que esta ocurriendo, y no un supuesto que puede o no ocurrir, ( como ser, el contenido de una amenaza a futuro, aunque el delito de amenazar se consuma al momento de amenazar, el contenido de esa acción puede ocurrir o no en el tiempo futuro ). Entonces, digamos, cuando te agarran con 1 kilo de cocaina, no se la considera "cantidad para consumo personal a futuro", pues el delito, en parte, consiste "en lo que se tiene en ese momento", ese es el momento en el cual el delito de realiza, se ejecuta o se consuma.
De ahí, a groso modo, le menciono dos casos de ejemplo :
Caso 1 : detienen a un hombre que estaba adentro de su auto consumiendo un porrito y tenía en sus bolsillos, 1 o 2 porritos más que sumaman un peso de + o - 2 gramos; era de noche, no había otras personas transitando por el lugar, y el auto estaba estacionado en un lugar, digamos, discreto.

Caso 2: detienen a un joven con similares cantidades, pero, cuando lo detienen, estaba fumandose un porrito durante el día, en una plaza pública y sentado cerca de un arenero en el cual había niños menores de edad juagando.

Resultado : ( recuerdo, a groso modo ), en el primer caso, se absolvió a la persona porque se considero que la tenencia era de y para consumo personal, y, a su vez, no había nada que indicara que se había trasgredido a la Moral y a las Buenas Costumbres.
En el segundo caso, se impuso una pena, creo de 2 años o algo así, en suspenso; pues se considero que si había una trasgresión a la Moral y a las Buenas Costumbres.

Digamos, si lo considera conveniente o apropiado, haga la prueba de salir de su casa hacia su trabajo o al almacén, en bolainas y veamos qué ocurre o qué no ocurre.

Saludos.

 #111221  por angelqueguia
 
Nos desnudemos los tres juntos. Ahí se les va a ir las ganas de hacer exhibicionismo.

 #111390  por leomartin
 
Muchas gracias por tu opinión Pandilla (te puedo tutear, no?), pero si bien trataste de darme un ejemplo con el tema de drogas (y entendí perfectamente el punto), creo que no es para nada comparable, ya que estoy hablando de naturalidad de las cosas (por más que lo ocultes, porque la sociedad te enseñó que "así debe ser", debajo de tu boxer o slip, llevás tu pene) y no de drogadicción o venta de drogas, lo cual sí es algo malo para la sociedad, ya que no le hace bien a nadie (hablando de quienes la consumen, de quienes compran para consumo y de posibles víctimas de ataques de seres humanos drogados que pueden asaltar o lo que sea, ya que están fuera de sus cabales debido al efecto de la droga).

Angel.. lo de exhibicionismo lo decís por mí?.. si lo mío fuese exhibicionismo, ya lo estaría haciendo, sin importarme nada. Tal como lo hizo AvrilX (la chica que cruzó la 9 de Julio en bolas), que lo que busca es poder vender sus obras, tal como expresa en su site: http://www.urbanudismo.com (por sólo comentar, la chica es muy copada y simpática, tuve el agrado de conocerla personalmente, sin embargo, lo que ella hace, no es precisamente nudo-naturismo, ya que su interés es justamente llamar la atención).

La gran mayoría de los nudo-naturistas (prácticamente todos!!), ocultan su estilo de vida, ya que somos discriminados, tratados como locos, degenerados, exhibicionistas y lo más grave: hasta pedófilos e incestuosos. Y esto lo digo por experiencia y por comentarios de otros nudistas!! (en mi trabajo, casi todos, incluída mi gerenta, saben que soy nudista, si bien a casi todos no les parece mal, siempre hay alguno que me trata de loco degenerado).

Nudo-naturismo es una forma de vida, con la cual nacemos y el mismo humano es quien dice que está mal, que estar desnudo es algo impúdico, vergonzoso, degenerado y malo para la sociedad.
La naturaleza nos creó así, somos lo que somos!!: seres humanos, con sistema reproductivo incluído. La única diferencia física entre los humanos, es el tipo de "tela" que nos recubre (más firme o más fofa), o bien el tamaño de cada parte de nuestro cuerpo (y no lo digo sólo por lo que quizás estés pensando, eso que cuelga entre las piernas, o los bustos de las mujeres, sino que lo digo en caracter general).

Negar el nudo-naturismo, es negarse como ser humano.

Por ejemplo, la mayoría de los violadores (por no decir todos), son personas "textiles". Usar ropa no nos hace mejor o peor persona.

Con respecto a lo de que el Estado no puede prohibir lo que uno haga dentro de su casa, recuerdo haber leído una ley de un país que no recuerdo cuál, que decía que no se permitía el nudismo dentro de las viviendas, sea o no, vista por otras personas. Jajaja!!, me hizo reír muchísimo!!

Saludos!

 #114455  por Pandilla
 
Mire leomartin, me parece, Usted esta confundiendo "la naturaleza humana a secas" con "la naturaleza de la sociedad a humedas"; o sea, "en la naturaleza humana" andamos en bolainas, "en la naturaleza de la sociedad" andamos en ropas o vestidos. Con las ideas, los pensamientos, etcétera, ocurre y sucede algo parecido.
Por otro lado, la cuestión es muy fácil: Usted da a entender que trabaja en relación de dependencia y que la Gerente de la empresa sabe que usted práctica el Nudo-Nudismo, pues bien, a partir de mañana, viva en bolainas todo el tiempo y en los lugares que desee, la Constitución Nacional, por y con su artículo 33, lo respalda.
Si quiere, ya vaya prácticando en un bañera con hielo para cuando llegue el señor frío.

Saludos.

 #114709  por angelqueguia
 
Ese es el Pandilla que tanto extrañábamos con su Constitución Nacional, Edición el Bromista!!!.

Pandilla escribió:Mire leomartin, me parece, Usted esta confundiendo "la naturaleza humana a secas" con "la naturaleza de la sociedad a humedas"; o sea, "en la naturaleza humana" andamos en bolainas, "en la naturaleza de la sociedad" andamos en ropas o vestidos. Con las ideas, los pensamientos, etcétera, ocurre y sucede algo parecido.
Por otro lado, la cuestión es muy fácil: Usted da a entender que trabaja en relación de dependencia y que la Gerente de la empresa sabe que usted práctica el Nudo-Nudismo, pues bien, a partir de mañana, viva en bolainas todo el tiempo y en los lugares que desee, la Constitución Nacional, por y con su artículo 33, lo respalda.
Si quiere, ya vaya prácticando en un bañera con hielo para cuando llegue el señor frío.

Saludos.

 #115331  por Pandilla
 
y prepare un paraguas para cuando llegue la época de lluvias, (si piensa subir pruebas, primero consulte con la Administración del Portal).
Recuerde que "estar y andar desnudo es sólo otra forma de estar vestido". También, va a poder comprobar que la propuesta hecha por Usted tiene más adeptos de los que nadie pueda llegar a imaginarse, (aún, adeptos y adeptas de los lugares y círculos más increibles e impredecibles).

Saludos.

 #133413  por leomartin
 
Pandilla escribió:y prepare un paraguas para cuando llegue la época de lluvias, (si piensa subir pruebas, primero consulte con la Administración del Portal).
Recuerde que "estar y andar desnudo es sólo otra forma de estar vestido". También, va a poder comprobar que la propuesta hecha por Usted tiene más adeptos de los que nadie pueda llegar a imaginarse, (aún, adeptos y adeptas de los lugares y círculos más increibles e impredecibles).

Saludos.
Luego de prácticamente un mes.. contesto.. jaja.. perdón por la tardanza!

Tal como decís, hay muchos adeptos al nudismo.. y muchos que sólo mentalmente, ya que no se animan a desnudarse en sociedad, o simplemente porque no conocen que en nuestro país hay lugares donde se puede practicar el nudismo...
Otros se animan, pero no a decírselo a su familia o al entorno que rodean..

En cuanto al nudismo, hay gente de todas las edades y clases sociales.. donde predominan los mayores de 35 años y los de clase media-alta..

Es simple, la mayoría no se anima a contar este aspecto de su vida, obviamente, por miedo a la discriminación o a que se lo trate como un loco o un degenerado.. perdiendo así su "buena imagen" frente a los demás..

Muchas gracias por todo.. saludos!!

 #133445  por Pandilla
 
Bueno, si, es una buena época para andar en bolainas, cualquier cosa, se puede alegar: "mire, tengo que elegir entre pagar el alquiler, la comida de mis hijos y las retenciones impositivas, o comprarme ropa; agente, ¿Usted qué haría.....?", "pues, comprar ropa" - dijo el cana.
Interesante lo de "querer, pero temer". El miedo a lo otro, ¿es el miedo que me tengo a mí mismo......?.

Saludos.