Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE BIEN GANANCIAL

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1049433  por yaco87
 
Estimados Colegas!
La duda en cuestion se trata de lo siguiente: Un matrimonio, donde el bien asiento de la sociedad conyugal fue adquirido por el marido cuando era soltero (por ende es bien propio), pero la casa se construyo con el aporte de la esposa. El esposo quiere reconocer que el bien es ganancial por si el llega a fallecer primero, para que le corresponda a la señora el 50%. Queria saber si se puede hacer un convenio de reconocimiento de bien ganancial? Tendra validez en el caso de que se llegue a presentar en la sucesion? porque tengo entendido que en el divorcio tiene que ser de fecha posterior a la presentacion. Sino de lo contrario que otra cosa puedo hacer?
GRACIASS!!
 #1049445  por legalescom
 
El carácter de los bienes, en propios y gananciales, lo determina la ley, no los cónyuges. El bien, seguirá siendo propio del marido, teniendo su cónyuge derecho a reconocérsele su contribución a las mejoras como ganancial
 #1049543  por yaco87
 
Si entiendo lo que me explicas! Pero se podria celebrar un convenio reconociendole el caracter ganancial a la construccion? Tendra validez ese convenio si se lo presenta el dia de mañana en la sucesion del marido?
Gracias por el aporte!!
 #1049576  por sebpast
 
Los cónyuges no puede celebrar ese tipo de convenios:
1.217 y ss.

En tu caso el bien es propio y el valor por las mejoras ganancial (1272), que será recompensa hacia la sociedad conyugal en caso de disolución dado que no pueden separarse del bien propio.