Colegas:
Se presentó una persona con el siguiente problema: había celebrado un contrato de mutuo garantizado con hipoteca en un banco; pagó toda la deuda del mutuo. Para ello, sacó como todos los meses el extracto del cajero del banco donde decía que en la cuota 171 (la última) el saldo a pagar era cero. Por ello, luego de un tiempo, fue a pedir el levantamiento de la hipoteca. Sin embargo, el banco le exige ahora el pago de los intereses generados por esa deuda, que jamás le informaron. Encima, se capitalizan los intereses y se le hizo mucha plata para un jubilado que gana $ 4000 por mes.
La cuestión yo la planteé por el lado de la prescripción de los intereses de 4 años según el C. de Com. Además, el deber de información y de dar detalles claros de la deuda hacia el cliente (en su calidad de consumidor en una relación desigual técnicamente). A su vez, la responsabilidad profesional agravada de las entidades financieras bancarias.
A Uds, qué les parece.
Muchas gracias y saludos.
Se presentó una persona con el siguiente problema: había celebrado un contrato de mutuo garantizado con hipoteca en un banco; pagó toda la deuda del mutuo. Para ello, sacó como todos los meses el extracto del cajero del banco donde decía que en la cuota 171 (la última) el saldo a pagar era cero. Por ello, luego de un tiempo, fue a pedir el levantamiento de la hipoteca. Sin embargo, el banco le exige ahora el pago de los intereses generados por esa deuda, que jamás le informaron. Encima, se capitalizan los intereses y se le hizo mucha plata para un jubilado que gana $ 4000 por mes.
La cuestión yo la planteé por el lado de la prescripción de los intereses de 4 años según el C. de Com. Además, el deber de información y de dar detalles claros de la deuda hacia el cliente (en su calidad de consumidor en una relación desigual técnicamente). A su vez, la responsabilidad profesional agravada de las entidades financieras bancarias.
A Uds, qué les parece.
Muchas gracias y saludos.
